El país iniciará el análisis de una nueva legislación para regular de forma drástica la portación de armas, a fin de contener la espeluznante ola de criminalidad.
Este día la Comisión de Seguridad del Congreso Nacional recibirá una propuesta del anteproyecto de la nueva Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Materiales Relacionados y Explosivos de parte de una delegación de varias organizaciones que trabajaron en el documento.
La iniciativa será presentado por la Federación de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo de Honduras.
El texto contiene aspectos innovadores como rebajar de 5 a 1 la cantidad de armas a las que una persona tiene derecho y hacer una nueva clasificación de los calibres de las municiones y armamentos a los que un individuo debería tener acceso, dijo Arabezca Sánchez, consultora del Instituto Universitario, Paz y Democracia (IUPAS) de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH).
“Detrás de esta propuesta nueva lo que ha existido es un análisis de las leyes de la región centroamericana, del contenido la ley actual, fallos y excesos, ver esas limitantes y de esas lecciones aprendidas hacer ese proyecto y que el Congreso lo discuta”, indicó Sánchez.
La actual Ley de Control de Armas fue creada en 2000 y luego fue objeto de varias reformas. La ley permite que las personas mayores de 21 años tengan derechos a registrar las cinco armas, pero en la nueva norma la edad mínima para tener una arma es de 25 años
debido a que a esa edad existe una madurez biológica, indicó la experta.
En general, el proyecto elimina los “requisitos míninos” que contempla la ley actual y establece un procedimiento riguroso para que se emitan las licencias para portar armas.
Por ejemplo, se propone que previo a emitir un permiso para portar una arma se le haga un examen psicológico al interesado y así determinar si tiene la capacidad emocional para estar armado.
Otro requisito para dar el permiso de llenar un arma es que se revisen los antecedentes criminales de la persona que tramita la licencia con el fin de revisar si no es alguien peligroso.
Quienes pidan una licencia para una arma tendrían que presentar una constancia en la que se certifique que no tiene adicción a psicofármacos, estupefacientes y hasta bebidas alcohólicas.
Otro requisito médico contemplado es la aprobación de un examen físico.
También el proyecto de la nueva ley establece tipos de armas de calibres “menos letales” para la ciudadanía civil y otro tipo de armas solo para agentes militares y policiales.
En resumen, mientras la actual ley establece solo cinco requisitos relacionados a la información del solicitante y el tipo de arma, el proyecto de la nueva legislación establece una docena de requisitos, unos más complejos que otros.
Armas y muertes
El Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo,
calcula que en Centroamérica circulan alrededor de tres millones de armas de fuego y que dos de cada tres serían portadas en forma ilegal.
Se estima que en el país hay más de 800,000 armas en poder de miles de personas y de las cuales 151,003 armas de fuego comerciales estarían inscritas en el Registro Nacional de Armas y 650,000 estarían circulando ilegalmente en el país.
El registro de armas se aplicó en 2003, pero resultó un fracaso porque no se logró inventariar todas las armas que circulan.
EL HERALDO
denunció que altos oficiales de la Policía permitieron que se registraran armas consideradas ilegales, como las AK-47.
Este mecanismo para el control de armas y de desarme, se estableció en una reforma del decreto
30-2000 publicado en La Gaceta el 29 de julio de 2000, que contiene la Ley de Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Similares.
Según cifras del Observatorio de la Violencia de la UNAH, el 75 por ciento de los asesinatos y homicidios se comenten con armas de fuego.
En 2011 se registraron 7,104 homicidios, lo que generó que la tasa de muertes violentas se elevara a 86.6 por cada 100 mil habitantes.
La Operación Relámpago que instauró el gobierno desde noviembre de 2011 también ha resultado un fracaso, ya que los homicidios continúan y en cantidades dramáticas.
La cifra de muertes violentas diarias antes de la Operación Relámpago fue de 19, pero luego de la aplicación de esta estrategia bajó a apenas 18.11, de acuerdo con cifras del Observatorio de la Violencia.
Ante este escenario sangriento es que el Poder Legislativo levanta la mano para tomar acciones mediante la regulación de la portación de armas.
Usos y prohibiciones
La propuesta de la nueva ley de armas es más específica en cuanto al tipo de artefactos prohibidos y autorizados de acuerdo con su mecanismo de disparo, calibre y accesorios.
En base a lo anterior, el documento hace tres clasificaciones sobre las armas: las de uso prohibido, las de uso exclusivo de las autoridades del Estado (Secretaría de Seguridad y Defensa) y las de uso permitido para personas autorizadas.
El proyecto también hace una mejor explicación de las armas que son prohibidas para uso de personas civiles, ya que especifica por calibre y morfología (forma del arma) las que deben ser vetadas.
Cuando se aprobó la ley actual solo hizo una descripción general de características de las armas prohibidas, básicamente las de tipo automático y luego en una reforma en 2003 se estableció un listado más específico de armas que se consideraron de uso ilegal
Entre estas estaban: Fusil AK-47 en todas sus versiones. Fusil FAL y FAP calibre 762 mm., subametralladora UZI, Fusil M 16 en todas sus versiones.
Asimismo, la ametralladora M60, el fusil para francotirador calibre 5.56 mm, fusil Galil, Fusil G-3 y fusil Bereta 5.56 mm en todas sus versiones.
Pero el proyecto de decreto, además de reiterar que estas armas deben ser prohibidas agrega otras de forma específica.
Para el caso, de acuerdo con el proyecto, hay que prohibir el fusil automático Kalasnhikov, 1944, la pistola Pietro Beretta 2.23 y todas las que tengan funcionamiento automático, de precisión o silenciador.
Otra innovación en la propuesta es que se elimine las armas con mecanismo de disparo modificado, tenga un número de serie no legible o esté alterado.
Hasta las de aire
Las armas que han sido creadas con apariencia de reales y funcionen con aire o gas comprimido deben de prohibirse, dice el proyecto.
Igualmente, las armas eléctricas y las que tengan apariencia física intimidante y no coincidan con su calibre real.
Respecto a las municiones se propone prohibir las que sean perforantes, incendiarias, trazadoras, expansivas y envenenadas, salvo que las Fuerzas Armadas las requieran cuando alguna situación especial lo amerite.
A instituciones como Seguridad se le permite usar armas semiautomáticas, dice el proyecto, y tal como está establecido en la ley vigente.
La redacción de este proyecto está en consonancia con la Convención de las Naciones Unidas para el Tráfico y Comercialización de Armas de Fuego.
En el documento también se reconoce cualquier tratado internacional que haya formado Honduras para la prohibición de armas y municiones.
En cuando a las empresas de seguridad privada se plantea que los guardias utilicen armas de menor calibre cuando estén asignados a dar resguardo a inmuebles y solo se les permitirá utilizar otras de mayor calibre en caso de que custodien carros que transporten valores.
Según la consultora del IUPAS, la Comisión de Defensa y Seguridad hará una revisión del proyecto durante mayo, luego, en junio, se encargará de socializarlo con diferentes sectores del país.
El diputado Rodolfo Zelaya presentó en 2009 un proyecto de una nueva ley de portación de armas, pero la crisis política que se presentó ese año hizo que la iniciativa no se discutiera.
Luego, el parlamentario Mario Tomás Barahona presentó otra iniciativa de ley en esa materia similar a la de Zelaya, pero corrió con la misma suerte y no fue tomada en cuenta.
Fue así que grupos de la sociedad civil como Foprideh, que ya había colaborado en elaborar la propuesta del diputado Zelaya, retomaron el documento, lo pulieron y ahora lo ofrecen al CN para que lo convierte en ley.