Tegucigalpa, Honduras.- La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) aprobó reformas a las “Normas para el fortalecimiento de la educación financiera en las instituciones supervisadas” que operan en Honduras.
Las normas tienen por objeto establecer los requisitos mínimos que deben observar las instituciones supervisadas para desarrollar y ejecutar Programas de Educación Financiera (PEF) a favor del usuario financiero actual o potencial.
Asimismo, definir los criterios que deben ser observados por las instituciones en la contratación de los servicios profesionales ofrecidos por los proveedores que desarrollan PEF.
De acuerdo con la CNBS, los PEF son las acciones que mediante procesos educativos integrados por diferentes módulos de capacitación, información, asesoría o consulta tienen como finalidad formar habilidades y competencias, y facilitar el proceso de aprendizaje de los usuarios financieros, a fin de generar cambios positivos de conducta de las poblaciones objetivo a los cuáles se dirige, en torno al uso de productos y servicios, así como a las decisiones que tome en relación al uso de sus recursos financieros.
Agrega que en el marco de la regulación se considera complementario el trinomio: Educación Financiera, Inclusión Financiera y Protección al Usuario Financiero para que la población en general pueda tomar decisiones con información suficiente, relevante y transparente sobre los productos y servicios financieros a los que tiene acceso.
La resolución 831/13-12-2024 de la CNBS, publicada el pasado martes, en su artículo 4 manda que la educación financiera es una actividad de índole obligatoria para lo cual se deben designar los recursos necesarios para su ejecución.
Entre los lineamientos de los PEF destacan que el contenido debe estar disponible a la población objetivo a través de canales de fácil acceso.
Además, las instituciones deben usar medios de difusión y comunicación disponibles, apropiados para los usuarios, buscando alcanzar la mayor divulgación de mensajes educativos, con el fin de lograr una efectiva exposición y cobertura de los temas de educación financiera.
La CNBS manda a las instituciones establecer módulos y metodologías de aprendizaje diferenciadas sobre educación financiera, según las poblaciones objetivo específicas, usuarios financieros sobre asuntos financieros y económicos, desde edad temprana, con el propósito de conocer aspectos importantes sobre ahorro, crédito, seguros, pensiones, centrales de riesgo, seguridad de la información, deberes y derechos de los usuarios financieros, entre otros.
Los módulos deben considerar temas para la toma de decisiones, reclamos y su respectivo procedimiento, presupuesto, plan de ahorro, contratos y los riesgos asociados a los productos y servicios financieros, entre otros.
Uno de los objetivos más importantes del PEF es verificar que el usuario obtenga información transparente, clara, relevante y completa que le permita comprender los compromisos financieros asumidos o por asumir, y las ventajas y desventajas de adquirir productos y servicios financieros de la institución supervisada.
En ese sentido, una de las novedades de las reformas es que previo al otorgamiento de cualquier producto financiero, la institución debe brindar educación financiera al usuario, ya sea por medios físicos o digitales, dependiendo de la posibilidad del usuario para acceder a esta, en la temática referida en las presentes normas con énfasis en el producto financiero a otorgar, debiendo dejar evidencia de esa acción en el expediente físico o digital del usuario financiero.
Esta disposición aplica a bancos comerciales y estatales, sociedades financieras, aseguradoras, fondos privados de pensiones, institutos públicos de previsión social, casas de bolsa, organizaciones privadas de desarrollo, centrales de riesgo privadas, remesadoras, administradoras de garantía recíproca, Régimen de Aportaciones Privadas (RAP) y empresas que brindan servicios de pago utilizando dinero electrónico.
Según la CNBS, las cuentas de depósitos en instituciones supervisadas alcanzó 10,028,113 al cierre de 2023, de las que el 98% (9,830,756) pertenecen a personas naturales: un 50.8% (4,989,700) corresponden a mujeres y 49.2% (4,841,056) a hombres. Otro dato relevante es que el número de deudores únicos registrados en la Central de Información Crediticia (CIC) fue de 1,054,136 personas al cierre de 2023.