Honduras

Aprobados juicios virtuales y los grilletes electrónicos en Honduras

Congreso Móvil dio luz verde ayer a las reformas al Código Procesal Penal para mejorar sistema carcelario

27.09.2017

Choluteca
El Congreso Móvil que se celebra en Choluteca aprobó este miércoles un decreto enviado por el Poder Ejecutivo que reforma el Código Procesal Penal para la inclusión de los juicios de manera virtual y el uso del brazalete electrónico.

Las audiencias virtuales serán reglamentadas y se llevarán cabo a través de una tecnología de telepresencia, la cual dispone de cámaras de video de alta resolución.

En tal sentido, el viceministro de Seguridad, Luis Suazo, precisó que “las audiencias siguen siendo públicas y se empleará la tecnología de telepresencia que es de muy alta calidad la resolución de cámaras”.

Vea además: Empleados públicos de Honduras gozarán de toda la Semana Morazánica

El proyecto de reforma por adición de dos literales al artículo 126 del Código Penal contiene los juicios virtuales que han sido puestos en marcha en varios países de América y que son integrales e interactivos, al igual que paralelos.

En el inciso A se definen las razones por las que se efectuarán este tipo de audiencias.

Entre estas motivaciones están por cooperación internacional, para salvaguardar la seguridad de los imputados o que exista peligro de fuga y en los casos en que los sujetos procesales se encuentren en lugar distinto a donde deba verificarse la audiencia.

Grilletes

Al mismo tiempo, se admitió la propuesta para la implementación del sistema de vigilancia electrónica personal mediante grilletes o brazaletes para el descongestionamiento de los presidios del país.

Le puede interesar: Joven hondureña graba video donde pide que no la sigan buscando

Otra iniciativa aprobada está orientada a reformar el artículo 57 del Código Procesal Penal, el que ahora establece la competencia exclusiva de los Tribunales de Sentencia de conocer del juicio oral y público a que la normativa se refiere.

Esos órganos jurisdiccionales conocerán de forma pluripersonal o colegiada los delitos graves, mientras que en forma unipersonal los ilícitos menos graves, de los de acción privada y de los que merecen de la declaración de un reo.