Una gran polémica ha causado en Honduras las recientes modificaciones a las penas por el delito por malversación de caudales públicos en el nuevo Código Penal que se discute en el Congreso Nacional, pues mientras la oposición dice que se rebajaron, el oficialismo sostiene que aumentaron.
Todo depende del lente utilizado para analizar los cambios: si se compara con respecto al Código Penal vigente o al dictamen aprobado y que luego fue modificado en una reconsideración.
Miembros de la oposición sostienen que la bancada mayoritaria en el CN bajó la pena por malversación de caudales públicoss, de nueve a seis años de prisión, sin embargo, la junta directiva del parlamento hondureños asevera que más bien se agravó.
La bancada del Partido Nacional expresó que las penas establecidas en el nuevo Código Penal, que está en discusión y aprobación en el Congreso Nacional, son mayores a los que contempla la legislación vigente para castigar la corrupción gubernamental, contrario a lo que critica la oposición.
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Ante esta posición, el diputado del Partido Libertad y Refundación (Libre), Rassel Tomé, expresó que 'los nacionalistas creen que con ese criterio de político demagogo pueden engañar al pueblo”.
El gran conflicto se armó luego que, tras haberse aprobado en tercer y último debate las penas por ese delito, se introdujera una reconsideración el martes pasado para modificar el castigo, la cual fue aprobada por mayoría simple y validada en la siguiente sesión del miércoles.
Por su parte, el legislador nacionalista Mario Pérez sostuvo que 'sí hubo reconsideración del acta, pero no se tocó la pena máxima de 12 años. Lo que se hizo fue una partición de malversación grave y menos grave”.
Seguidamente, Tomé amenazó que si la ley en discusión 'no se corrige va a haber bloqueo para ese Código Penal entre en vigencia”.
De acuerdo a la oposición, la modificación al Código Penal fue sugerida por el diputado Agapito Rodríguez, quien -según la parlamentaria Doris Gutiérrez- nunca se ha visto en las sesiones del Congreso Nacional de Honduras.
En otro cruce de palabras entre nacionalistas y oposición, Toño Rivera calificó de mentirosos a los miembros de la oposición y argumentó que están dando manotadas de ahogado; por su parte, Jorge Cálix le respondió que él era abogado y catedrático, por lo que sabía lo que estaba hablando y que la reducción de pena se da al dictamen y no al código penal vigente.
+Críticas por rebajas a la nuevas penas por el delito de malversación y caudales públicoCálix explicó que el oficialismo en “la Cámara Legislativa aprobó reformas que benefician a los corruptos, puesto que al haber pasado la pena mínima de seis a cinco años le abre a los acusados la oportunidad de no ir a la cárcel”.
Gutiérrez explicó que mediante una reconsideración del acta, la directiva sometió a aprobación atenuar las penas por delitos de malversación de caudales y abuso de autoridad de cuatro a seis años, cuando ya había quedado estipulado que la pena sería de seis a nueve.
Comparación de las penas en el código, el dictamen y la reconsideración aprobada:
Malversación por apropiación
Código Penal vigente: 2 a 5 años
Dictamen: 5 a 7 años
Reconsideración aprobada: 4 a 6 años
Malversación por uso
Código Penal vigente: 2 a 4 años
Dictamen: 5 a 7 años
Reconsideración aprobada: 4 a 6 años
Administración desleal del patrimonio público
Código Penal vigente: 3 a 5 años
Dictamen: 5 a 7 años
Reconsideración aprobada: 4 a 6 años
No hay rebaja entre códigos, pero sí al dictamen
Según la comparación, las penas establecidas en el nuevo Código Penal que está en discusión y aprobación en el Congreso Nacional, son mayores a los que contempla la legislación vigente para castigar la corrupción gubernamental.
Las penas aprobadas en el nuevo Código Penal en los delitos de malversación son las que surgieron del proceso de consulta con los especialistas, están contenidas en el dictamen de la parte especial que desde de enero se entregó a todas las bancadas.
En ese sentido, en los delitos de malversación, las penas de prisión no han bajado, las penas son incluso más altas que la legislación vigente.
Por ejemplo, el artículo 370 del Código Penal vigente penaliza la malversación de caudales públicos, con reclusión de dos a cinco años. Señala además una agravante de la pena dependiendo de la cuantía de lo malversado que va de seis a 12 años.
Sin embargo, en la versión que está aprobada (que es la misma que surgió de las consultas) la malversación tiene una pena de prisión de cuatro a seis años.
Además hay tres agravantes para este delito:
1) La pena será de seis a nueve años de prisión cuando lo malversado supera los 100 mil lempiras.
2) La pena puede llegar hasta 12 años, pues se incrementará en un tercio, cuando recae sobre bienes de valor histórico o cuando recae sobre bienes afectos a servicios públicos de primera necesidad, la salud o institutos de previsión social.
3) La pena puede ser aumentada hasta dos tercios, cuando lo malversado excede de 500 mil lempiras. En este supuesto dependiendo las circunstancias pueden haber penas hasta de 15 años.
Por su parte, el artículo 371 del Código Penal vigente regula la malversación imprudente, en el Código Vigente no tiene pena de prisión, sólo multa e inhabilitación, pero en el texto recién aprobado en el pleno tiene una pena de prisión de hasta tres años.
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Asimismo, en el Artículo 371 del Código Penal vigente se regula la malversación por aplicación oficial diferente con una pena de privación de libertad de tres a cinco años y, con la versión que está recién aprobada en el pleno, la pena es de cuatro a seis años de prisión.
Además, conforme a lo establecido en el artículo 509 del nuevo texto penal, todas estas penas se agravarán dos tercios cuando estos delitos se comentan dentro de un grupo delictivo organizado o se afecten gravemente los servicios públicos. Es decir que en este último supuesto se pueden imponer penas de más de 15 años de prisión por malversación.
Como se puede apreciar con la moción los delitos de malversación tienen penas más altas que la legislación vigente, por eso no se puede hablar de que se han bajado las penas,
En resumen el actual código establece una pena máxima de 12 años, pero en el que se está aprobando puede aumentar esa pena hasta 15 años.
En el actual código la pena base por malversación de caudales es de dos a cinco años, no obstante, en el que se está discutiendo lo sube de cuatro a seis y por eso ya no lo hace conmutable, por lo que queda claro que las penas se endurecen en el nuevo Código Penal.