EL HERALDO Plus tuvo acceso a una nota que llegó a Sefin el pasado jueves, 13 de enero de 2022, donde Grupo GIA y Desarrolladora y Operadora de Infraestructura de Honduras, S.A de C.V (DOIH) le hacen un reclamo fuerte a esta institución, que dirige Luis Fernando Mata.
La misiva, firmada por Jorge Fernando Moguel González, representante legal de DOIH, señala que ellos “han manifestado en diversas ocasiones su desacuerdo con las diferentes decisiones adoptadas por su gobierno (Honduras), que han afectado y continúan afectando gravemente el adecuado desarrollo y ejecución del proyecto (CCG)”.
“La última de ellas -establece el documento- es la relativa al evento eximente de responsabilidad por fuerza mayor, notificada por DOIH a esa secretaría de Estado, por medio del representante designado de la contratante mediante oficio DOIH-CCG-077-2020 de fecha 18 de marzo de 2020”.
LEA: Ebal Díaz asegura que no transfirió ningún recurso para la residencial Morazán
EL HERALDO Plus buscó en el contrato del CCG sobre qué trata esta cláusula. En ese sentido, se hace referencia a la cláusula vigésimo séptima de disposiciones generales, es decir la 27.6, referente al “evento eximente de responsabilidad”.
El documento reza que “se entenderá por evento eximente de responsabilidad cualquier evento, circunstancia o combinación de eventos o circunstancias fuera del control razonable de la parte que lo invoca, que afecte en forma sustancial y adversa el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, respecto de las cuales se invoca; después de haber efectuado todos los actos razonablemente posibles para evitarlo”.
+: Cohep insta al Congreso a aprobar el Tratado de Límites Marítimos firmado con Nicaragua
Gastos
Fuentes de EL HERALDO Plus informaron que debido a todo lo generado por la pandemia de covid-19 se detuvieron una serie de obras, provocando que se incurriera en gastos no programados y se tuvo que seguir pagando intereses a los bancos y cubriendo una serie de compromisos que no los considera el concesionario su responsabilidad.El hecho de haber instalado un triaje en uno de los edificios también provocó que se detuviera el desarrollo del proyecto.
Dentro de la misma cláusula se establece que dentro del concepto de “evento eximente de responsabilidad” se considera cualquier evento de caso fortuito o de “fuerza mayor” y ese párrafo se está tomado como base para incluir los efectos de la pandemia por covid-19.
Ante esto, la demanda del concesionario es que el Estado le reconozca los efectos sufridos y asuma el pago de los costos ociosos una vez sean determinados, que según la fuente de EL HERALDO Plus suman 18 millones de dólares, unos 440 millones de lempiras.
VEA: Atic y Fetccop inspeccionan contenedores adquiridos para damnificados de Eta y Iota; investigan a Ebal Díaz
La nota advierte que “me permito comunicarle que Grupo GIA, a través de DOIH, se ve obligado a tomar todas las medidas y acciones jurídicas a su alcance de conformidad con las leyes aplicables para garantizar la salvaguarda de sus legítimos intereses”.
El equipo de EL HERALDO Plus le consultó al titular de la Sefin, Luis Fernando Mata, si es procedente pagar el reclamo que hace DOIH sobre la cláusula 27.6, pero no respondió.
En tanto Leo Castellón, superintendente de la Superintendencia de la Alianza Público Privada (SAPP), tras revisar la nota, afirmó que no recibieron copia del oficio.
DE INTERÉS: TJE insta al nuevo Congreso Nacional a aprobar la Ley Procesal Electoral