Honduras

Designan juez contra diputado de Libre por caso “muñecas de la mafia”

Las congresistas interpusieron una querella porque consideran que el diputado German Altamirano les afectó su honor al llamarlas “muñecas de la mafia”
14.11.2023

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) designó este martes -14 de noviembre- al “juez natural” que conocerá la querella interpuesta por un grupo de congresistas nacionalistas contra el diputado de Libre (Libertad y Refundación), Germán Altamirano.

En agosto, Altamirano llamó en un foro televisivo “muñecas de la mafia” a las diputadas María Antonieta Mejía y Merary Díaz.

¿Quiénes son las diputadas a las que llamaron “Muñecas de la mafia”?

La expresión a las diputadas Mejía y Díaz, quienes semanas más tarde interpusieron una querella por calumnias, injurias y difamación contra el diputado de Libre, las llevó a impulsar la acción judicial porque vieron afectado su honor.

“Me asignaron juez natural: Desmentiré querella en mi contra. No socavarán mi compromiso en la lucha contra la corrupción. El pasado no puede definir nuestro futuro, los tradicionales se resisten al cambio, seguiré haciendo la diferencia”, expresó el diputado Altamirano en sus redes sociales.

La jueza asignada para conocer este proceso es la magistrada Isbela Bustillo.

Una vez que el expediente esté en manos de la jueza, procederá a programar las primeras audiencias, entre las que figuran la de conciliación. Aunque si no logran conciliar, el caso puede dirimirse en un juicio.

German Altamirano es diputado de Libre por el departamento de Santa Bárbara. Mientras que Merary Díaz y María Antonieta Mejía son diputadas del Partido Nacional por Francisco Morazán.

Querella es por calumnia

Conforme al Código Penal vigente, la injuria está definida como la acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona menoscabando su fama, podrían ser castigadas con penas que van de doscientos a quinientos días (si fueran con publicidad) y cien (100) a doscientos (200) días de salario mínimo.

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Mientras que el delito de calumnia, es definida como la falsa atribución de un delito hecho con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad, tendrá penas de prisión de seis meses a un año y multa de 200 a mil días.

El artículo 232 del Código Penal tipifica el concepto de publicidad, es decir, cuando calumnias e injurias “se efectúan a través de impresos, televisión, radio, internet, redes de información, ante una multitud de personas o a través de otros medios de eficacia semejante”, las penas por calumnias e injurias con publicidad son las más altas.