Honduras

Honduras: Tribunal dictará fallo contra implicados en retención del ISR en el IHSS

Mario Zelaya y Ramón Bertetty retuvieron más de 167 millones de lempiras a la extinta DEI

15.05.2017

Tegucigalpa, Honduras
El próximo viernes la Sala V del Tribunal de Sentencia dictará el correspondiente fallo en el caso de retención de más de 167 millones de lempiras del Impuesto sobre la Renta de los empleados del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).

Supuestamente, estos recursos no fueron enterados a la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), ahora Sistema de Administración de Rentas (SAR).

En este caso, el Ministerio Público presume responsables a Mario Zelaya Rojas y Ramón Bertetty Osorio por los delitos de malversación de caudales públicos en concurso ideal con el de violación de los deberes de los funcionarios.

Presuntamente, ambos funcionarios durante los meses de abril a diciembre de 2013 y enero de 2014 se apropiaron de 167 millones de lempiras.

Empresas fachada
En la Sala II de los Tribunales de Sentencia también se continuó desarrollando el juicio de la creación de empresas de maletín para desfalcar al IHSS.

En la audiencia de ayer se terminó de evacuar una pericia financiera del MP, que confirmó que Mario Zelaya firmó un contrato de arrendamiento de una bodega con el prófugo de la justicia Marco Antonio Jaén por nueve mil dólares mensuales.

Este contrato fue firmado el 15 de noviembre de 2012. Aparentemente, esta bodega nunca funcionó. Jaén Velásquez es esposo de la también prófuga de la justicia Gabriela María Laínez.

Este matrimonio es dueño de la empresa Inmobiliaria Novaterra, con la que Zelaya y otros exfuncionarios de la institución hicieron grandes negocios.

En este proceso están siendo enjuiciados Zelaya, Bertetty, Susette y Michelle Rojas, Vivian Juárez y John Bográn.

Malversación y violación de deberes

El Código Penal en su artículo 370 penaliza el delito de malversación de caudales públicos con reclusión de seis a 12 años más la inhabilitación absoluta por el doble del tiempo que dure la reclusión.

Mientras que por el delito de violación de los deberes de los funcionarios el artículo 349 de la misma legislación el castigo oscila entre tres a seis años de reclusión.