Honduras

Honduras: Vienen expropiaciones masivas y legalizaciones de tierras

Congreso se propone reformar Ley de Modernización y Desarrollo del Sector Agrícola. Fenagh advierte que crea inquietud en el agro y alienta a potenciales invasores.

07.04.2014

La expropiación de tierras ociosas y la legalización de los predios que están en poder de los campesinos, como parte de la mora agraria, están a la vuelta de la esquina si prospera un proyecto de decreto que una Comisión Especial del Congreso dictaminará en los próximos días.

Esta comisión, que cumple instrucciones de la Presidencia del Congreso Nacional, en consonancia con el Poder Ejecutivo, está preparando el dictamen para ponerle fin, aparentemente, al viejo problema agrario del país.

Esta medida, de no ser consensuada, seguramente provocará un conflicto agrario, especialmente con los propietarios de tierras que alegarán una nueva violación a los principios de la propiedad privada, que se supone debe ser respetada en todo estado de derecho.

El espíritu del decreto, en primera instancia, es legalizar las tomas de tierras que datan desde 40, 30, 20, 10 y 5 años y cuyo proceso de expropiación fue paralizado luego de que la Corte Suprema de Justicia aceptó el 14 de diciembre de 2010 un recurso de inconstitucionalidad presentado por la Federación Nacional de Agrcultores y Ganaderos de Honduras (Fenagh) contra el decreto 18-2008.

Hasta el momento de la inconstitucionalidad, el Instituto Nacional Agrario (INA) ya había legalizado más de 30 mil hectáreas de las 60 mil que ocupan los grupos campesinos que forman parte de más de 500 expedientes de la llamada “mora agraria”.

Como una parte de las tierras invadidas, donde ya hay colonias asentadas, no fue legalizada, el Congreso Nacional nombró una Comisión Especial para consensuar con los terratenientes para ponerle fin a esta parte de la mora agraria.

Tierras ociosas, segunda fase

Por otro lado, la Comisión trabaja en la elaboración de un dictamen que está orientado a la expropiación de tierras ociosas en manos de particulares, confirmó a EL HERALDO el presidente de la Comisión Especial, Orle Solís.

Dijo que también se propone recuperar tierras del Estado en manos de particulares.

Para ello se tiene prevista una partida de 700 millones de lempiras para el pago del “justiprecio”, cuyo estimado hará un técnico especializado en este campo.

La Comisión pidió a la Fenagh que se pronuncie sobre este dictamen por tarde la próxima semana.

Causales de expropiación

La idea del Congreso es crear las condiciones jurídicas para afectar todas las tierras ociosas cuyo monto no está del todo claro.

Serán afectadas aquellas tierras privadas que sobrepasen el techo autorizado por la Ley y que varía según la región. Por ejemplo, en el Bajo Aguán el techo máximo de posesión por familia es de 300 hectáreas. Esto quiere decir que quien tenga más de lo autorizado será expropiado.

Hay sobretechos que fueron autorizados por la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) bajo el argumento de que eran para producir la tierra.

La Comisión Especial del Congreso espera un dictamen de la SAG sobre este particular.

Otra causa de afectación será “cuando las tierras se encuentren ociosas o incultas; salvo aquellos casos que por razones no imputables a los propietarios o poseedores; como ser razones de falta de financiamiento, sequía, inundaciones u otras razones de fuerza mayor, lo que se calificará por dictamen de la Comisión Agraria Nacional”.

“Cuando los predios se encuentren indirectamente explotados” también serán quitados a sus legítimos propietarios.

“Serán igualmente afectables las tierras ocupadas por campesinos organizados o no, que no acrediten ante el INA años de ocupación, se incluye en la afectación aldeas, trabajadores que no se deriven de una relación contractual”, dice un borrador del dictamen en poder de EL HERALDO.

No serán expropiados aquellos predios “que funcionen bajo modalidades de coinversión, participación u otras, proyectos que por Acuerdo Ejecutivo en Consejo de Ministros sean aprobados para el desarrollo de proyectos de naturaleza agrícola, comercial o industrial”.

Tampoco “las tierras de empresas asociativas campesinas, cooperativas y otras modalidades societarias del sector reformado reconocidas por la ley”.


“Las áreas forestales en ningún caso se considerarán como tierras incultas u ociosas y, por lo tanto, no serán objeto de afectación”.

No las podrán vender

La adjudicación masiva de tierras, que conlleva un componente político a seis meses de las elecciones primarias, procura evitar que los campesinos vendan las tierras entregadas por el Estado.

La idea es que no resurja el fantasma de la década de los ochenta y noventa, cuando los dirigentes campesinos de aquel entonces vendieron las propiedades echando al traste con el proceso de reforma agraria impulsado en la década de los setenta.

“Una vez cancelado el valor de las tierras adjudicadas, los beneficiarios y beneficiarias de la Reforma Agraria no podrán vender, enajenar, traspasar bajo ningún título traslaticio de dominio, ni desmembrar con excepción del huerto familiar y los planes de viviendas y Desarrollo Social de los socios de las EAC y Cooperativas de la Reforma Agraria debidamente aprobados por el INA”, dice el borrador de dictamen.

“En caso de disolución de la Empresa Asociativa Campesina, Cooperativas y cualquier otra modalidad asociativa del sector reformado, el bien inmueble será recuperado por el Instituto Nacional Agrario (INA) al mismo valor por el que fue adjudicado con reconocimiento de las mejoras útiles y permanentes”, añade.

Tierras nacionales
serán recuperadas

En las últimas décadas, muchas tierras nacionales han pasado a manos de particulares.
Con el decreto en referencia, el Congreso se propone recuperarlas.

El INA, “previo dictamen de la Comisión Agraria Nacional, procederá a la recuperación de las tierras nacionales, estatales, fiscales y ejidales rurales en poder de particulares que no estén cumpliendo con su función social”.

Para ese fin se harán “investigaciones de campo y el avalúo de mejoras, útiles y necesarias, construcciones y plantaciones permanentes y/o cultivos temporales incluyendo pastos si los hubiere, siguiendo los procedimientos de conformidad con la Ley”.

“En aquellos casos en los cuales las tierras estén eficientemente explotadas por personas naturales o jurídicas no beneficiarias de la reforma agraria, sus ocupantes deberán proceder a legalizar la misma ante el Instituto Nacional Agrario (INA) mediante compra valorada al justiprecio”, dice el documento.

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