Honduras

Junta nominadora no podrá proponer, solo evaluará postulantes a la Corte Suprema de Justicia

La nómina de los 45 postulantes deberá estar conformada por 23 mujeres y 22 hombres
06.06.2022

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- A mes y medio que el presidente del Congreso Nacional, convoque a la conformación de la junta nominadora para la elección de los nuevos magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

EL HERALDO analizó ambas leyes tanto la vigente desde 2001, la cual contiene 35 artículos, y el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo a los parlamentarios para la creación de su dictamen y aprobación de 20 artículos.

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En cuanto al procedimiento, ambas documentos son regidos dentro los mismos parámetros, la junta nominadora para la selección de los magistrados será conformada por siete instituciones de sociedad civil, además de actuar “Ad Honorem”, es decir, sin goce de ningún tipo de remuneración.

De igual manera, los miembros de la junta nominadora deberán cumplir cinco requisitos fundamentales para poder formar parte de la selección de las nuevas autoridades, además de ser una persona honorable en el goce de su desempeño.

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El artículo 10 de la nueva Ley establece que:

La convocatoria pública será difundida en medios impresos y electrónicos, en las auto propuestas las hojas de vida serán recibidas en la sede de la institución u organización cuyo representante ocupe la secretaría.

Las instituciones y organizaciones que integran la Junta Nominadora no podrán presentar postulantes.

El artículo diez, numeral 11, establece que la nómina de 45 candidatos se integrará con 23 mujeres y 22 hombres, mejor evaluados con base en los criterios de selección determinada las calificaciones obtenidas; preparando.

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En el numeral 13, establece que serán autorizadas las veedurías por sociedad civil, representantes de países extranjeros y misiones internacionales.

Además de la transmisión por canales estatales de todo el proceso de selección, a fin de brindar más transparencia.