Honduras

“Medios de comunicación no deben ser objeto de reproche penal en caso Hermes”, dice Corte de Apelaciones designada

Los fondos acreditados a la empresa AID fue de 122.1 millones de lempiras, que sobrepasa en más de 49 millones lo aprobado desde Casa Presidencial para publicidad y propaganda, según el requerimiento fiscal
04.07.2022

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La Corte de Apelaciones designada confirmó en los últimos días el auto de formal procesamiento para siete implicados en el caso Hermes, sin embargo, en su fallo también concluyó que “la contratación de los servicios, ya sea por medio de personas naturales o jurídicas, para la difusión de publicidad, por sí sola no podría verse en un contexto de ilegalidad”.

En dicha resolución, el tribunal de alzada ratificó el formal procesamiento contra Pedro Alexander Pineda Díaz, (Exsecretario de Estado de Gestión Financiera de Casa Presidencial), Axel Eduardo Huete González, (exgerente financiero de Casa Presidencial), Harvis Edulfo Herrera Carballo, (exgerente Administrativo de Casa Presidencial, y Lesly Mireya Fúnez Sierra, (excontadora de Casa Presidencial).

Además a la señora Karol Vanessa Alvarado Izaguirre, Claudia Yamila Noriega González y Guillermo Noriega, quienes se defenderán en libertad de los cargos.

Asimismo, la Corte de Apelaciones designada ratificó el sobreseimiento provisional a favor de la señora Gloria Margarita Vargas, Mario Alberto Villanueva, Gudit Mariel Múñoz Castañeda y José Antonio Galdámez.

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‘Sin reproches’

La Corte de Apelaciones designada advirtió que “como se ha señalado, se han expuesto las razones del por que, al haberse realizado una contratación directa, sin la apariencia del procedimiento administrativo, genera un grado de ilegalidad que conlleva la determinación de un grado de responsabilidad penal, de la que ya nos estamos pronunciado, a esto le llamamos el estudio del desvalor del resultado de quienes han realizado la contratación publica”

Sin embargo –según el tribunal de alzada- “es necesario señalar en que momento no existe un conocimiento o voluntad para realizar actos que producen hechos objeto de reproche penal, para lo cual nos planteamos la siguiente situación: ¿que pasaría con las contrataciones que se derivan por parte de la empresas AID, para con empresas de medios de comunicación o cualquier otra persona natural, que se dedican a rubro de la difusión de publicidad en el caso que nos ocupa?

Prosigue que “para efectos de realizar una imputación penal, tendríamos que hacernos las siguientes preguntas

(i) ¿Que tipo de actos preparatorios o de conspiración relacionados a defraudar al Estado bajo la ficción jurídica de una contratación directa para publicidad, realizaron las personas naturales o jurídicas que contrato AID para proporcionar dicho servicio?

(ii) ¿Tenían conocimiento previo u ostentaban una posición de garante por ordenamiento de la ley, para saber qué tipo de contratación había realizado la empresa AID con el Estado?

(iii} ¿Qué fuentes de prueba pudiesen hacer inferir o deducir que las personas que contrató la empresa AID tenían pleno conocimiento del supuesto concierto previo entre los funcionarios públicos acusados con los representantes de la empresa AID y los imputados Noriega González?”

Frente a estas interrogantes, manifiesta el tribunal “debemos señalar que los medios de comunicación terceriarios u otras personas naturales y jurídicas que se dedican a la difusión de la publicidad no tienen un dominio de la acción ni relación directa o indirecta sobre la forma y tipo de contratación por los funcionarios aludidos, por consiguiente dichos medios y personas no debe ser objeto de reproche penal”.

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Caso Hermes

De acuerdo con las investigaciones de la Unidad Fiscal Especial contra Redes de Corrupción (UFERCO) a inicios del 2014, la fallecida ministra de Comunicaciones y Estrategia, Hilda Hernández, solicitó a la Secretaría de Gestión Financiera de Casa Presidencial la contratación directa de la empresa Servicios e Inversiones AID para la prestación del servicio de manejo en la entrega de publicidad a medios de comunicación y periodistas independientes por más de 98.3 millones de lempiras.

Sin embargo, el total de fondos acreditados a la empresa AID fue de 122.1 millones de lempiras, cantidad que sobrepasa en más de 49 millones los fondos que fueron aprobados desde Casa Presidencial para el rubro de la publicidad y propaganda, la cual no logró ser detallada según el requerimiento fiscal.

Los fondos públicos también fueron usados para compra de vehículos, boletos aéreos, préstamos, construcción de vivienda, pago de préstamos hipotecarios, elaboración de banderas para campaña política, diseño y montaje de restaurante, renta de vehículos blindados, compra de semilla para producción de vivero de palma africana, pagos de planilla de una empresa mercantil y compra de propiedad de 102 hectáreas de extensión cultivada de palma africana, según el requerimiento fiscal.

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