Honduras

Nuevas disposiciones rigen al servicio exterior hondureño

Se reformó Ley de Servicio Diplomático para dejar de forma indefinida el tiempo que alguien labore en el servicio exterior, la norma anterior imponía plazos. Se podrá contratar fuera de Escalafón Diplomático.

12.02.2014

El proceso de cambios en el servicio exterior que contempla la Ley de Servicio Diplomático y Consular se hará bajo nuevas reglas al aprobar el Congreso Nacional una serie de reformas a esa legislación.

Varios mecanismos para profesionalizar la diplomacia que contemplaba esa ley fueron eliminados y a su vez se crearon otras disposiciones.

Esto sucedió en enero pasado cuando, en medio de la batería de decretos aprobados por el legislativo, se modificaron 27 artículos y se crearon 7 transitorios del decreto No. 80-2013 contentivo de la Ley del Servicio Diplomático y Consular de Honduras, publicado en el diario oficial La Gaceta, en fecha 7 de junio de 2013.

Plazos

La Ley Consular contemplaba, en su artículo 49, que los funcionarios del servicio exterior ejercerían sus cargos en consulados y embajadas por un plazo de 3 años como mínimo y 4 como máximo y luego deberían regresar al país para laborar por igual tiempo en el servicio interno.

Pero la reforma establece que “los términos antedichos podrán variar en consideración a las necesidades del servicio”.

La Ley del Servicio Exterior que se aprobó en junio de 2013 creó el Escalafón Diplomático a fin de que todo el personal se sometiera a un proceso de selección para ser incorporado en el mismo y solo mediante este mecanismo alguien podría ingresar a la carrera.

En el artículo 2 temporal se contempla que el Presidente de la República contrate personal fuera del Escalafón Diplomático una vez que se cuente con el 80 por ciento de la gente que se requiere para “cumplir las prioridades de la política exterior”.

No obstante, no se indica quién definirá cuándo se cumplan esas prioridades de la estrategia.

Ya en el artículo 18 de esa norma dice que el Presidente de la República podrá optar por personal no incorporado al servicio exterior, aspecto que no se tocó en las reformas, pero sí concede privilegios para quienes el mandatario desea que sean contratados.

Si bien ahora el personal fuera del Escalafón se tiene que someter a los exámenes de admisión y otras evaluaciones, lo que antes no estaba previsto, se les permite que si salen aplazados en el examen tengan la oportunidad de repetirlo, según el artículo transitorio número 4.

Ese artículo temporal dice literalmente: “En el caso de aquellos funcionarios o servidores públicos a quienes se les haya asignado el rango provisional y sean reprobados en el examen de ingreso al Escalafón Diplomático y Consular, podrán repetirlo transcurridos treinta (30) días”.

A las personas nombradas, no incorporadas al Escalafón Diplomático y Consular, que se desempeñen en el Servicio Interno o Exterior, se les asignará un rango provisional, expresa el artículo 3 transitorio.

Entre los requisitos que establecía esta norma en el artículo 30 para que alguien ingresara al servicio diplomático era que el aspirante tuviera dominio de algún idioma extranjero, pero con la reforma ahora será suficiente con que tenga “conocimientos suficientes” de otra lengua.

Despilfarro

El servicio exterior hondureño gastó 981 millones de lempiras en los sueldos de 344 burócratas durante los cuatro años del gobierno pasado del expresidente Porfirio Lobo, de acuerdo a un reportaje especial de EL HERALDO y pormenorizado a través de un especial de periodismo de datos en su página web.

El mismo día de la publicación, el presidente Juan Hernández anunció que la reducción de personal en el servicio exterior rondará en por lo menos el 50 por ciento.

Ese proceso comenzó con la separación de ocho cónsules, según el gobierno, por estar involucrados en cobros irregulares en la emisión de identidades no autorizadas a hondureños en Estados Unidos.

Los cónsules separados son los de las ciudades de Nueva York, Miami, Houston, Dallas, Nueva Orleans, Chicago, Los ángeles y Atlanta.

Depuración

La Ley de Servicio Consular aprobada en 2013 generó expectativas para depurar las representaciones diplomáticas en vista de que estableció algunos controles para que los empleados de embajadas y consulados se sometieran a un concurso.

Pero esa norma terminó en papel mojado porque Cancillería decidió no aplicar ese proceso de contratación y, por lo tanto, la empleomanía en el servicio exterior se mantuvo inflada.

De acuerdo al excanciller Mario Fortín, el servicio exterior puede funcionar con un máximo de 150 empleados, por lo que se requiere hacer un recorte de unos 200 trabajadores.

“Descongelan” embajadores

Con la reforma ahora se amplía el plazo durante el cual un funcionario diplomático puede estar en condición de disponibilidad antes de ser cesanteado.

Es así que los funcionarios que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley cuenten con más de veinte (20) años continuos en situación de disponibilidad o de retiro, serán separados del Escalafón Diplomático y Consular mediante resolución de la comisión, según el artículo 106 reformado, cuando antes el plazo era de 10 años.

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Nuevos puestos

Mediante reforma al artículo 24 se crean nuevos puestos en el Escalafón Diplomático y Consular, lo que podría aumentar la burocracia.

Se mantienen, en primera instancia, los siete rangos del Escalafón: embajador, ministro, ministro consejero; consejero; primer secretario, segundo secretario y tercer secretario, pero cada uno tendrá tres niveles.

“Cada uno de los rangos tendrá tres niveles, estructurados en consideración a calificaciones profesionales, experiencia y precedencia, a efectos de definir la asignación de sueldo y estimular la profesionalización del servicio”, dice el párrafo nuevo de ese artículo.

La Comisión del Escalafón Diplomático era presidido por ministro o viceministro de Relaciones Exteriores, tal como contemplaba el artículo 26, pero con la reforma la dirección de ese ente quedará a cargo del director general de Política Exterior de Cancillería.

Esta comisión es la responsable de conducir el sistema del Servicio Diplomático y Consular y resolver sobre los asuntos relativos al ingreso y ascensos, así como disponibilidades y retiros de los funcionarios y servidores públicos en el Escalafón Diplomático y Consular, de acuerdo a su reglamento.

Cada tres meses se tendrá que reunir esta comisión y no cada seis meses, como lo fijaba el artículo 27, y entre sus misiones tendrá las de la selección del recurso humano, su evaluación anual, registro, rango, nivel, mérito, antigüedad y demás cuestiones relativas.

Las resoluciones para el ingreso o retiro del Escalafón Diplomático se tenían que aprobar mediante resolución del Presidente de la República, pero ahora esa función pasa a la Comisión de Escalafón Diplomático y Consular, tal como lo indica el artículo 33 reformado.

Los requisitos para ingresar al servicio diplomático se amplían de 11 a 14, según reforma del artículo 30.

Las condiciones que contemplaba el artículo 7 para que alguien sea contratado en el servicio exterior como ser el de no poseer antecedentes penales ni policiales y ser de notoria buena conducta, quedan ligeramente modificadas y divididas en tres numerales.

Los numerales con los requisitos quedan así: 7) Certificado de Antecedentes Penales; 8) Certificado de Antecedentes Policiales y 9) Ser de notoria buena conducta.

Los otros requisitos de ser hondureño por nacimiento, gozar de buena salud, aprobar examen de ingreso, aprobar diplomado de la Academia Diplomática, ser mayor de 21 años y no ser residente ni ciudadano de otro Estado, entre otros, se mantienen.

La Cancillería antes recibía un 80 por ciento de la venta de pasaportes en el exterior, según el artículo 92, pero con la modificación del mismo ahora percibirá la totalidad de recursos por la comercialización de esos documentos y “demás actuaciones consulares”, de acuerdo al cambio legal que se formuló.

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