Honduras

Oposición alerta por nuevo intento de reformas a Ley de Dominio de Bienes de Origen Ilícito

Propuesta plantea cambios a 39 artículos de la normativa. Buscan que OABI no custodie bienes

03.04.2021

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Aunque hace tres años se aprobaron varias reformas a la Ley sobre Privación Definitiva del Dominio de Bienes de Origen Ilícito fueron vetadas por el Poder Ejecutivo, por lo que regresaron al Congreso Nacional y ahora se volvería a intentar su admisión para beneficiar a acusados por distintos delitos.

La oposición política representada en el órgano unicameral se mantiene alerta ante la pretensión de diputados oficialistas, incluyendo otros que fueron imputados por la extinta Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (Maccih).

Una fuente ligada a la junta directiva del Congreso Nacional aseguró a EL HERALDO que no hay ningún proyecto orientado a modificar la normativa y que solamente está el veto presidencial emitido el 3 de abril de 2018. Sin embargo, la bancada del Partido Innovación y Unidad (Pinu) viene advirtiendo en las últimas semanas sobre la intención que permitiría no solo a actuales congresistas, sino también otros funcionarios, blindarse aún más tal como lo han venido haciendo desde el Poder Legislativo.

EL HERALDO tuvo acceso a la propuesta contentiva de modificaciones a 39 artículos del decreto 27-2010 que difiere del dictamen que se introdujo ante el pleno de diputados, ya que en aquel entonces solo se planteaba cambios a 17 disposiciones del instrumento jurídico.

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Las enmiendas

El numeral cinco de la medida precautoria cautelar de aseguramiento del artículo tres subraya que esta acción procede únicamente sobre aquellos bienes que constituyan el domicilio familiar y el menaje del hogar, añadiéndose que “sin que proceda el desplazamiento de los mismos de la posesión de quienes los ostenten debiendo aplicarse en consecuencia otras medidas precautoriamente que garanticen la finalidad de la presente ley”.

Además, se incorpora un nuevo párrafo en el artículo 34 que contiene la obligación de poner los bienes a disposición de la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI).

“En el caso de la medida precautoria, cautelar o de aseguramiento sobre bienes inmuebles estos nos serán puestos a favor de la OABI y seguirán en custodia del titular de derecho hasta su comiso o decomiso en sentencia firme”, de conformidad con la enmienda por adición a la disposición.

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