Tegucigalpa, Honduras
La elección de los diputados del Congreso Nacional ya no solo dependería de cuatro condicionantes establecidas en la Constitución de la República, sino que también se requeriría nacer o residir en el departamento al que pertenecerá su distrito electoral en los últimos cinco años.
Lo anterior es parte del paquete de reformas electorales que remitió el Poder Ejecutivo a la Secretaría del CN para que se dictamine y someta a discusión ante el pleno de congresistas.
EL HERALDO tuvo acceso exclusivo a este proyecto en el que se plantea reformar dos artículos constitucionales referentes a la elección de parlamentarios.
En el artículo 198, concerniente a los requisitos para ser elegido diputado, se agrega un quinto numeral en que estipula como condicionante “haber nacido o residido en el departamento al cual pertenece el distrito electoral por el que se postula por lo menos en los últimos cinco años anteriores a la fecha de la convocatoria a elecciones”.
La iniciativa no especifica la forma en la que se integrarán esos distritos electorales y solo indica que “afianzarán un fuerte vínculo entre el diputado y sus electores, creando así espacios de mayor control de los ciudadanos”.
Otra modificación
Asimismo, el proyecto reforma el artículo 202 de la Carta Magna hondureña, dándole una nueva redacción.
“El Congreso Nacional estará integrado por un número fijo de 128 diputados propietarios y suplentes electos mediante el sistema de distritos electorales que tendrán como parámetros el volumen electoral y continuidad geográfica”, propone.
Añade que “la ley determina la conformación y modificación de los distritos electorales”.