El TSC detectó que la junta directiva del IHSS autorizó un endeudamiento indebido, a través de líneas de crédito bancarias, para el pago de gastos administrativos adicionales a los presupuestos aprobados para el centro asistencial en 2010.
En ese entonces, el IHSS tenía una insuficiencia presupuestaria para el pago de deudas contraídas con proveedores, correspondientes a los años 2009 y 2010, por 272 millones de lempiras.
Y más bien era necesario detectar recursos adicionales para el pago de proveedores y para licitaciones, por un monto de 323 millones de lempiras.
En junio de 2011, la Junta Directiva autorizó al director del IHSS para que adquiriera financiamiento con algunas instituciones bancarias del sistema financiero nacional, a través de líneas de crédito, por un monto de 300 millones de lempiras
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Posteriormente, el 13 de junio del 2012, la Junta Directiva autorizó que el financiamiento sea renovado y ampliado, hasta en un 100% de lo actualmente aprobado, para proveedores cuyos pagos estaban atrasados, autorizándose en total alrededor de 600 millones de lempiras; estas acciones se realizaron al margen de lo establecido en la Ley Orgánica del Presupuesto y en la Ley del IHSS.
La auditoría verificó que no existía documentos para tal autorización ni dictamen por parte de la Secretaría de Finanzas. Los préstamos se otorgaron para el pago de gasto corriente y no para inversión.
Además, se dieron en garantía las recaudaciones del Régimen de Enfermedad y Maternidad, sin fundamento legal.
Mediante confirmaciones solicitadas a los bancos que brindaron el financiamiento, se encontró que el exdirector Mario Zelaya, al 31 de diciembre del 2013, había suscrito convenios de financiamiento con siete bancos, a través de líneas de crédito”, a los cuales solicitó mediante correspondencia que ejecutaran directamente los desembolsos a proveedores, hasta por un monto de 2,876,175,069.83 lempiras.
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Los bancos dedujeron las cuotas del capital e intereses normales de los préstamos; además, el pago de intereses moratorios por más de 6.6 millones de lempiras, a causa de fondos insuficientes en cuentas de recaudación obrero-patronal que fueron garantizadas por el IHSS.
La auditoría constató que dentro de los pagos a proveedores, solicitados por el Director Ejecutivo del IHSS, se determinó que L 304,239,160.19 no contaban con documentación de soporte ni justificación de la deuda.
El TSC establece la existencia de un perjuicio económico al Estado por 310,933,628.12 lempiras.