Lo anterior quedó estipulado en un nuevo artículo que se añadió al dictamen de esta normativa que tuvo el apoyo casi unánime de los diputados.
“En caso de ejecución de las garantías de los préstamos a que se refiere el artículo nueve de esta ley, se respetará el contenido de la Constitución de la República y demás legislación aplicable, por lo que los juzgados y tribunales en ningún caso decretarán embargo sobre el salario mínimo legal ni de las prestaciones laborales”, subraya la disposición propuesta por el congresista del Partido Liberal, Mauricio Villeda.
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Mientras que el legislador del Partido Nacional, Carlos Ledezma, presentó otro nuevo artículo concerniente a que “toda persona que en aplicación de la presente ley haya consolidado su deuda no tenga penalización o castigo y salga automáticamente de la Central de Riesgo”.
La sugerencia también fue respaldada por la mayoría de los parlamentarios presentes en la Cámara Legislativa.
Los 14 artículos restantes de este instrumento jurídico que favorecerá a alrededor de un millón de trabajadores del sector público y privado fueron admitidos ayer en tercer y
último debate.
Disponibilidad
“Esta ley permitirá consolidar deudas en una sola a un más bajo interés y que le permita (a beneficiados) tener un margen de disponibilidad de su sueldo para invertirlo de manera más racional”, destacó el presidente del CN, Mauricio Oliva.
La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) tendrá 30 días para reglamentar este marco legal una vez que sea publicado en el diario oficial La Gaceta.