TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Tras once días de haber sido admitida por el
Congreso Nacional, el presidente de la República,
Juan Orlando Hernández sancionó la nueva
Ley de Protección de la Soberanía del Espacio Aéreo.
El mandatario estampó su rúbrica con la que aprobó el decreto legislativo contentivo de esta normativa en el marco de la inauguración del Centro Combinado de Operaciones Interagencial (CCOI).
“Por tierra, por mar, por aire, en el espacio que sea, Honduras seguirá siendo tierra hostil para los narcotraficantes”, afirmó durante el evento en el que participó la encargada de negocios de la Embajada de los Estados Unidos, Colleen Hoey.
La actual ley estipula que en el caso de que se detecte una aeronave no identificada o autorizada, debe ser sometida al uso progresivo de la fuerza y en última instancia la neutralización definitiva de la amenaza, que debe ser ordenada por el titular de Defensa.
Entretanto, se prohíbe a los servidores públicos, empleados gubernamentales o cualquier otra persona que actúe en nombre del Estado dañar, destruir, inhabilitar o amenazar una aeronave civil que esté en servicio, exceptuando los casos de legítima defensa, conforme al nuevo marco legal que también contempla dos fases para persuadir a un avión que haya ingresado al espacio aéreo hondureño, sin derribarlo en ningún instante.
Tanto la interceptación de aeronaves como el establecimiento de comunicaciones por medio de radio o señales visuales para ordenarles aterrizar en la pista adecuada más cercana comprenden la primera etapa. Es hasta en la segunda fase que se autoriza el disparo de advertencia como señal mediante el uso de municiones que contengan cartuchos trazadores.
“La prohibición del uso de la fuerza o amenaza del uso de la fuerza en contra de aeronaves civiles en servicio excepto en casos de legítima defensa no excluye el ejercicio de la función de las fuerzas del orden en operativos realizados en tierra dirigidos a la tripulación de la aeronave o su cargamento durante los períodos en vuelo o en servicio”, según el artículo 13 del dictamen al que tuvo acceso este rotativo.
La ley que está vigente solo consta de ocho artículos, mientras que el nuevo marco legal contiene 17 disposiciones, creando el Programa Soberanía Aérea Hondureña (PSAH) para la respectiva implementación de la legislación.
El mandatario estampó su rúbrica con la que aprobó el decreto legislativo contentivo de esta normativa en el marco de la inauguración del Centro Combinado de Operaciones Interagencial (CCOI).
“Por tierra, por mar, por aire, en el espacio que sea, Honduras seguirá siendo tierra hostil para los narcotraficantes”, afirmó durante el evento en el que participó la encargada de negocios de la Embajada de los Estados Unidos, Colleen Hoey.
De ahora en adelante queda prohibido que aviones de la Fuerza Aérea Hondureña (FAH) dañen, destruyan, inhabiliten o amenacen a una aeronave civil que esté en servicio, conforme al nuevo marco legal que deberá publicarse en el diario oficial La Gaceta para que entre en vigencia.
Diferencias
A inicios de este año, el Ejecutivo remitió un proyecto de decreto contentivo de esta normativa ante los cuestionamientos de los Estados Unidos que alegaron que la actual legislación -que tiene seis años de estar en vigor- atenta contra las operaciones infiltradas que realiza la Administración para el Control de Drogas (DEA) en la región a través de acciones encubiertas. La ayuda de un radar para detectar aeronaves del narcotráfico fue suspendida a Honduras por la nación del norte de América al admitirse la también conocida como Ley de Exclusión Aérea.La actual ley estipula que en el caso de que se detecte una aeronave no identificada o autorizada, debe ser sometida al uso progresivo de la fuerza y en última instancia la neutralización definitiva de la amenaza, que debe ser ordenada por el titular de Defensa.
Entretanto, se prohíbe a los servidores públicos, empleados gubernamentales o cualquier otra persona que actúe en nombre del Estado dañar, destruir, inhabilitar o amenazar una aeronave civil que esté en servicio, exceptuando los casos de legítima defensa, conforme al nuevo marco legal que también contempla dos fases para persuadir a un avión que haya ingresado al espacio aéreo hondureño, sin derribarlo en ningún instante.
Tanto la interceptación de aeronaves como el establecimiento de comunicaciones por medio de radio o señales visuales para ordenarles aterrizar en la pista adecuada más cercana comprenden la primera etapa. Es hasta en la segunda fase que se autoriza el disparo de advertencia como señal mediante el uso de municiones que contengan cartuchos trazadores.
“La prohibición del uso de la fuerza o amenaza del uso de la fuerza en contra de aeronaves civiles en servicio excepto en casos de legítima defensa no excluye el ejercicio de la función de las fuerzas del orden en operativos realizados en tierra dirigidos a la tripulación de la aeronave o su cargamento durante los períodos en vuelo o en servicio”, según el artículo 13 del dictamen al que tuvo acceso este rotativo.
La ley que está vigente solo consta de ocho artículos, mientras que el nuevo marco legal contiene 17 disposiciones, creando el Programa Soberanía Aérea Hondureña (PSAH) para la respectiva implementación de la legislación.