Honduras

Congreso Nacional aprueba 14,464.8 millones en préstamos para atender la pandemia

También se aprobaron amnistías y se interpreta que los aguinaldos están exentos de deducciones
18.12.2021

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Sin previo aviso, y sin conocerse con precisión el número de diputados conectados vía virtual, el Congreso Nacional aprobó anoche cuatro préstamos valorados en 590.4 millones de dólares (14,464,8 millones de lempiras).

Estos financiamientos provenientes del Fondo Monetario Internacional (FMI) tienen los siguientes montos: 143.3 millones de dólares, 232.9 millones de dólares, 89.8 millones de dólares y 124.4 millones de dólares que suman 590.4 millones de dólares (14,464.8 millones de lempiras).

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Los recursos ya fueron desembolsados en los últimos dos años “en respuesta a la emergencia y calamidad pública nacional causada por la crisis humanitaria y sanitaria provocada por la pandemia del coronavirus y las tormentas tropicales Eta y Iota”.

La diputada liberal Karla Medal cuestionó la sesión “a quemarropa” y dijo que “en nombre de la cooperación internacional, de la oposición, de miles de hondureños, permítanme decirles que por estas acciones, por estas sesiones, completamente a ciegas, es que perdieron la credibilidad y las elecciones”. Luego le inhabilitaron el audio.

A petición del diputado Denis Castro, la viceministra de Finanzas, Lilian Rivera, explicó que el financiamiento “está enmarcado en el decreto de endeudamiento autorizado en el mes de abril del año pasado por un monto de hasta 2,500 millones de dólares con el objetivo de atender los efectos derivados de la pandemia”.

Este financiamiento, agregó, se deriva “de los desembolsos otorgados durante los años 2020 y 2021 del Fondo Monetario Internacional al Banco Central de Honduras”.

Estos recursos canalizados a través del BCH se desembolsaron una parte en el año 2020 y la otra en 2021. Lo que no explicaron los directivos del Congreso es porque estos préstamos son aprobados hasta ahora.

Ascenso de oficiales

El Congreso también aprobó el ascenso de 52 oficiales de policía de los cuales 20 serán ahora comisionados, nueve subcomisionados y 23 comisarios.

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Además, se aprobó el ascenso al grado de mayor en el Arma de Infantería Póstumo al extinto José Ventura Salmerón quien murió en el cumplimiento del deber.

Amnistías

Asimismo, aprobó un decreto concediendo amnistía hasta el 31 de diciembre del año en curso a todos los ciudadanos que no hayan hecho renovación de licencias de conducir, permisos de tenencia de portación de armas y licencias sanitarias.

También se aprobó una amnistía a los cotizantes del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS)- hasta el 31 de diciembre- para el pago de recargos, multas, intereses “en las deudas originadas por falta de pago de los aportes patronales y de cotizaciones de los trabajadores a dicho instituto”.

Igualmente, se autorizó al Poder Ejecutivo la donación de un terreno propiedad del Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas, ubicado en la capital, a favor de la Confederación Hondureña de Cooperativas.

Reforma Injupemp

El artículo 122 de la Ley del Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados Públicos (Injupemp) fue reformado el cual deberá leerse así: “Monto de la pensión por jubilación para los afiliados preexistentes: “Entre 2014 y 2025: 120 meses; entre 2026 y 2028, 150 meses y a partir de 2029: 180 meses”.

Por otro lado, se interpretó el artículo uno, numeral uno del Código Tributario en el sentido de que al referirse a la administración tributaria para la determinación de las obligaciones tributarias en las operaciones entre personas naturales o jurídicas “la intención del legislador se orienta a que tales obligaciones aplican únicamente para las personas naturales o jurídicas domiciliadas o residentes en Honduras que estén relacionadas, vinculadas o asociadas con empresas acogidas a regímenes especiales y no a estas últimas”.

Aguinaldos

Igualmente, se interpretó el artículo 3 de la Ley del Séptimo Día y Décimo Tercer Mes en Concepto de Aguinaldo referido a que “cuando hace referencia a que el pago del Séptimo Día y Décimo Tercer Mes en concepto de aguinaldo integran el concepto de salario para todos los efectos legales, es únicamente para los efectos del cálculo y pago de prestaciones, derechos e indemnización, derechos e indemnizaciones laborales”.

“Esto quiere decir que el décimotercer mes o aguinaldo está exento del pago de todo impuesto, descuentos, cotizaciones y deducciones de cualquier naturaleza”.

Licencias

Finalmente, el Congreso reformó el artículo 48 de la Ley de Tránsito el cual debe leerse así: “Para obtener por primera vez la licencia de conducir vehículos de transporte terrestre, público y especial de pasajeros y de carga, acreditar adicionalmente: una edad mínima de 21 años” y “haber obtenido la certificación de conductores de transporte de pasajeros o de carga”. Además, tener dos años de experiencia en la conducción de carro livianos.

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