Contrario a lo que ocurrió en los últimos tres meses, anoche se respiró un ambiente de paz, tranquilidad y esperanza en el hemiciclo legislativo y hasta hubo un momento para la invocación a Dios por quienes hasta hace poco se liaban a golpes y patadas.
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Los partidos Nacional -en el poder-, Liberal y Libertad y Refundación (Libre) después de largas negociaciones por fin se pusieron de acuerdo para aprobar primero lo relacionado con la forma en que se elegirán y actuarán los funcionarios del Consejo Nacional Electoral (CNE) y Tribunal de Justicia Electoral.
La Ley
El CNE, según el proyecto de ley, está integrado por tres consejeros propietarios y dos suplentes, electos por el votoafirmativo de los dos tercios de la totalidad de los miembros del Congreso Nacional por un período de cinco (5) años, pudiendo ser reelectos.
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Oliva nombró una Comisión de Dictamen que la preside -como parte de los acuerdos- el diputado de Libre, Jari Dixon a quien acompañan Antonio Rivera, Rolando Dubón Bueso, Samuel Madrid, Francisco Paz, Tomás Ramírez, Denis Castro, Renán Inestroza, Mauricio Villeda, Víctor Martínez, Edinora Brooks, Sara Medina, Mario Segura y Mario Noé Villafranca, representativos de todos los partidos a excepción de la Democracia Cristiana.
Requisitos para el CNE
El proyecto de ley establece que “los acuerdos y resoluciones emitidas por el Consejo Nacional Electoral en materia de su competencia serán susceptibles del recurso de apelación ante el Tribunal de Justicia Electoral”.Dice que este ente tiene como objetivos, entre otros, garantizar el respeto a la soberanía popular, el libre ejercicio del sufragio y el fortalecimiento de la democracia; constituirse como el órgano administrativo y técnico especializado del Estado en materia político-electoral y celebración de plebiscitos y referéndum.
Para ser miembro del CNE, la Ley Especial conocida anoche por el Congreso establece como requisitos ser hondureño por nacimiento, mayor de 30 años, poseer título universitario, de reconocida idoneidad y estar en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.
Dice que no pueden ser miembros integrantes del CNE “quienes tengan vínculo de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad entre sí; quienes tengan vínculo de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con el Presidente de la República y designados a la Presidencia de la República y quienes al momento de ser electos estén nominados u ostenten cargos de elección popular”.
¿Quiénes lo integrarán?
El proyecto regula que el CNE lo formarán tres consejeros propietarios y dos suplentes, electos por el voto afirmativo de los dos tercios de la totalidad de los miembros del Congreso Nacional por un per?odo de cinco y pueden ser reelectos. Los consejeros, al igual como ocurría con los magistrados del TSE, tendrán una organización interna según la cual “deben elegir entre ellos un presidente, un secretario y un vocal, quienes desempeñarán los cargos en forma rotativa, por el término de un año”.LEA TAMBIÉN: Iniciativa de Ley Especial para la Elección de Autoridades Electorales
Los funcionarios del CNE tendrán prohibido participar de manera directa o indirecta en ninguna actividad partidista, “desempeñar ningún cargo remunerado, excepto la docencia y las ciencias médicas”, además expresar públicamente o insinuar su juicio respecto de los asuntos que por ley son llamados a resolver.
Tribunal de Justicia Electoral
El TSE será el órgano que resolverá las impugnaciones derivadas de los conflictos en las urnas y “es la máxima autoridad en materia de justicia electoral. Contra sus sentencias no cabe recurso alguno, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley sobre Justicia Constitucional”.Estará formado por tres magistrados propietarios y dos suplentes que deberán cumplir con estos requisitos: Ser hondureño por nacimiento, ciudadano en el goce y ejercicio de sus derechos, ser abogado con más de diez años de experiencia en el ejercicio profesional, ser mayor de 35 años y no incurrir en las mismas inhabilidades que se establecen para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia.
Los magistrados no podrán ejercer su profesión durante el desempeño de su cargo, expresar públicamente su criterio respecto a los asuntos que por ley están llamados a resolver y negarse a firmar las actas, entre otros.
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La ley regula que el presupuesto aprobado por el Congreso para el TSE será el mismo para el funcionamiento del CNE y para el TJE. Finanzas dejará una asignación que hoy será precisada en el dictamen.