TEGUCIGALPA, HONDURAS.- En el ámbito legal, la gestión de documentos a través de un abogado es una práctica común, sin embargo, existen excepciones importantes que deben tenerse en cuenta.
EL HERALDO le detalla las restricciones, especialmente en lo que respecta a los documentos de identificación personal como el Documento Nacional de Identificación (DNI), el pasaporte y la licencia de conducir, que son algunas de las certificaciones que requieren la presencia física del titular para su tramitación.
Por tal razón, ninguno de ellos puede ser tramitado por un tercero, es decir, ni por un abogado ni por un familiar al que se le haya otorgado una carta poder.
El motivo por el cual estos documentos no pueden ser tramitados por un representante legal es que contienen elementos biométricos esenciales, como fotografías, dactiloscopia o huellas digitales, así como la firma del titular.
En el caso específico de la licencia de conducir, además de los requisitos mencionados, se deben superar exámenes de aptitud para garantizar la seguridad vial.
Por lo tanto, aunque un abogado puede representarlo en otros trámites legales, la obtención o renovación de estos documentos requiere la intervención personal del titular.
Sin embargo, es importante destacar que un profesional del derecho puede intervenir en casos de reclamación de documentos previamente tramitados por el titular.
En este sentido, el asesoramiento legal puede ser crucial para garantizar los derechos y la protección de los intereses del individuo en cuestión.