Tegucigalpa, Honduras
La Fiscalía de Protección al Consumidor coordina acciones con el Poder Ejecutivo para la deducción de responsabilidades penales y administrativas a quienes acaparen frijoles y otros productos.
A ese efecto se practicarán operativos en centros comerciales y otros de almacenamiento a nivel nacional.
La Ley de Protección al Consumidor, en su artículo 95, refiere al delito de acaparamiento; sancionado de 1 a 5 años de reclusión, advirtió Lorena Cálix, portavoz del Ministerio Público.
Este ilícito da lugar a una privación de libertad.
En lo que respecta a la Dirección de Protección al Consumidor, de Industria y Comercio, le compete imponer las sanciones administrativas, que van desde llamados de atención, multas de 1 a 10,000 salarios mínimos mensuales y cierre temporal o definitivo del negocio.
Se valora que primero el gobierno interponga las sanciones que le competen, para luego remitir el informe a la Fiscalía con el fin de decidir interponer o no una acusación.
Las sanciones están estipuladas en el artículo 94 y 95 de la referida ley.
Independientes
Cada una de estas dependencias podrá ejercer sus acciones de manera independiente, que no impide un nivel de coordinación entre ambas para hacer valer derechos de los consumidores.
En San Pedro Sula también se realizan operativos combinados entre el gobierno, la fiscalía, así como la participación de las Fuerzas Armadas, a fin de localizar en los mercados a las personas que tienen acaparados el grano alimenticio.
La operación se llevó a cabo en los mercados.