TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La mayoría de empleados del sector público y privado esperan con ansias a mediados de año, cuando corresponde el pago de una remuneración adicional como un derecho adquirido, de conformidad con el marco legal vigente en el país.
Se trata del décimo cuarto mes de salario en concepto de compensación social que se paga en un 100% si se cumple un año de trabajo continuo al 30 de junio o la proporción del mismo al tiempo laborado si a esa fecha no se cumplen 12 meses de servicios continuos con el mismo empleador.
Aunque a algunos trabajadores se les hace efectivo esta paga extra -conocida también como catorceavo- a inicios, durante la primera quincena, a finales y hasta en cuotas por el resto del año, implica un ingreso que beneficia a los asalariados.
No solo para consumo se puede destinar la referida compensación, sino que existen opciones financieras en caso de no tener comprometido previamente esta entrada de dinero. EL HERALDO le detalla qué puede hacer con el décimo cuarto mes de salario, que no siempre debe ser dirigido a gasto corriente.
Consejos
La remuneración que se reciba en este período de 30 días se puede ahorrar o invertir total o parcialmente. A realizar abonos al capital de un préstamo también se puede destinar parte del dinero.
Además, se puede invertir en un negocio o emprendimiento para generar más y futuros ingresos, por lo que se debe de considerar esta oportunidad.
Un fondo de retiro o para emergencia puede crearse para atender una contingencia y contar con dinero para la jubilación, recomiendan los expertos en materia económica.
Empero, si lo que se desea es hacer compras procure que sea con eficiencia e inteligencia, evitando la impulsividad. Para adquirir un artículo primero haga cotizaciones en los comercios que lo ofrecen, ya que en esta temporada suelen existir promociones sin olvidar la cautela porque pueden resultar engañosas.