Honduras

Honduras: Aprueban decreto para reestructurar Policía y Secretaría de Seguridad

La medida se complementa con la depuración policial de emergencia emprendida por el gobierno la semana pasada

11.04.2016

Tegucigalpa, Honduras
El Poder Ejecutivo de Honduras aprobó la noche de este lunes un decreto para la reestructuración de la Secretaría de Seguridad y la Policía Nacional.

El anuncio lo hizo el asesor presidencial Ebal Díaz, luego de finalizar una reunión de Consejos de Ministros en Casa de Gobierno.

Según Díaz, esta medida se complementa con el decreto de emergencia de la depuración de la Policía Nacional, aprobado la semana pasada en el Congreso Nacional a propuesta del presidente Juan Orlando Hernández.

Las acciones para depurar de fondo la institución policial se toman luego de un trabajo de investigación realizado por EL HERALDO que saca a un luz un informe que detalla cómo altos oficiales de la Policía Nacional planificaron y asesinaron al zar antidrogas Arístides Gonzales en el 2009.

Este es el decreto completo

POR TANTO:
En la aplicación de los artículos 59, 62, 245 y 255 y 293 de la Constitución de la República; 11, 22 , 99, 100, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas mediante Decreto Legislativo 266-2013,

DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorizar al Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad, para que proceda a la reestructuración inmediata de la Secretaría de Seguridad y del Cuerpo Policial ejecutando un proceso de reestructuración, la cancelación de los acuerdos de los miembros de la Policía Nacional, incluyendo el personal auxiliar y civil, que no cumplan cualquiera de las condiciones establecidas en el Decreto Legislativo como en el presente Decreto.

Por ser la reestructuración causa de orden legal ajena a la voluntad del miembro de la Secretaría de Seguridad o de la Policía Nacional sujeto a la cancelación de su relación de prestación del servicio, a los sujetos de este proceso se les cancelarán los derechos que conforme a la legislación nacional aplicable le correspondan. Salvo la excepción establecida en el último párrafo de este artículo.

Dentro del proceso de reestructuración el Poder Ejecutivo por medio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, en el caso de los sujetos de este proceso que soliciten su retiro voluntario, se procederá al reconocimiento y pago de los derechos y prestaciones sociales que por Ley les correspondan y sobre los cuales se podrá establecer convenios de pago.

Este beneficio sólo es aplicable si el solicitante no está o sea objeto de investigación formal o tenga denuncia por la supuesta comisión de actos reñidos con la moral, ética o que constituyan un delito que motive una justa causa de despido sin responsabilidad para el Estado.

ARTÍCULO 2.- Además de lo establecido en el artículo precedente el Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad cancelará con justa causa de despido a cualquiera de los miembros de la Policía Nacional sin responsabilidad para el Estado, ya sea por la falta de idoneidad para el ejercicio de su función, así como por la pérdida de confianza, basado en el dictamen que al efecto emita la Comisión Especial.

ARTÍCULO 3.- El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en El Diario Oficial La Gaceta.
Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa Municipio del Distrito Central a los once (11) días del mes de Abril del año dos mil diez y seis (2016).

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