Honduras solicitó ayuda al Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para resolver las controversias en la zona del Golfo de Fonseca con El Salvador y Nicaragua.
La asistencia fue solicitada a través de una carta enviada el pasado 24 de octubre por la cancillería de la República a la ONU, luego de que El Salvador reclamara la isla Conejo, cuya posesión histórica es de Honduras, tal y como se confirmó en la sentencia de la Corte Internacional de Justicia (CIJ).
En la carta, remitida al embajador Gert Rosenthal, presidente del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, el gobierno de Honduras expone un informe sobre la actual situación de la sentencia dictada por la Corte Internacional de Justicia el 11 de septiembre de 1992.
EL HERALDO conoció en exclusiva el pasado 19 de octubre que el gobierno salvadoreño mandó una carta a la secretaría de Relaciones Exteriores en la que le indica que “en ninguna parte de la sentencia dice que la isla (Conejo) no es nuestra”.
El texto es parte de una de las cartas que las cancillerías de ambas naciones cruzaron para concertar una reunión para definir el manejo conjunto del Golfo de Fonseca, zona del océano Pacífico, donde se ubica la isla Conejo.
El reclamo salvadoreño originó una reunión entre el presidente de esa nación, Mauricio Funes y el mandatario Porfirio Lobo en San Salvador el pasado 26 de octubre, en donde planificaron otra reunión con el presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, para finales del mes en curso para tratar el manejo del Golfo de Fonseca.
Carta
En la carta, el gobierno señala que el 18 de enero de 2002 Honduras presentó al Consejo de Seguridad de la ONU un informe y una solicitud de asistencia sobre la situación de la sentencia de CIJ en el caso de la controversia terrestre, insular y marítima Honduras-El Salvador, en la cual Nicaragua también intervino.
El documento establece que el 27 de agosto de 2002 el gobierno de El Salvador comunicó que “no tiene ninguna objeción” a la solicitud de Honduras, por lo cual se procedió a solicitar el nombramiento de un dirimente que desbloqueara los trabajos de demarcación, labor que se logró entre 2003 y 2004.
Como resultado de la gestión del dirimente, el 18 de abril de 2006 se firmó la Declaración Presidencial de El Poy en la que se estableció que “la frontera ha quedado señalizada a perpetuidad por medio de los puntos definidos por el Tratado General de Paz y la sentencia de la Corte Internacional de Justicia”.
La carta establece que en relación a la isla Conejo, el 10 de septiembre de 2002 el gobierno de El Salvador presentó ante la Corte Internacional de Justicia una solicitud de revisión de su sentencia del 11 de septiembre de 1992, con relación al sector de desembocadura del río Goascorán, del cual la isla Conejo es un apéndice, al extremo de que, durante baja la marea, se forma una playa entre la isla y la costa hondureña.
“El Salvador esperaba que si la Corte hubiera admitido su solicitud, habría tenido la posibilidad de obtener una nueva decisión adjudicándole al sector de la desembocadura del río Goascorán y la isla Conejo como apéndice del mismo”, dice el documento.
“La Corte declaró inadmisible dicha solicitud en sentencia del 18 de diciembre de 2003; a la luz de la fallida revisión, el gobierno de El Salvador ha invocado otra pretensión artificial sobre la isla Conejo, la cual ha sido rechazada por el gobierno de Honduras”.
Disconformidad
“El gobierno de Honduras ha expresado su disconformidad a su homólogo de El Salvador ante la falta de ejecución de la sentencia del 11 de septiembre de 1992, al interior del golfo en las aguas no delimitadas, en la línea de cierre o bocana del golfo y en cuanto a la proyección de sus espacios marítimos en el océano Pacífico a partir de la línea base localizada en la línea de cierre del golfo de Fonseca y el libre desplazamiento de naves del Estado de Honduras, de y hacia el océano Pacífico”.
Después de lo anteriormente descrito, el gobierno de Honduras a través de la cancillería, lamenta la falta de ejecución de la referida sentencia porque viola las normas y principios que la comunidad internacional ha venido consolidando, a fin de asegurar la convivencia armónica entre Estados.
Las sentencias de la Corte Internacional de Justicia son de obligatorio cumplimiento y deben ejecutarse de buena fe, indica la carta de la secretaría de Relaciones Exteriores.
En el documento, el gobierno de Honduras solicita al Consejo de Seguridad que “brinde a las partes todo el apoyo que pudieran requerir y necesitar de las Naciones Unidas en lo que resta de la ejecución de la sentencia del 11 de septiembre de 1992 y mantener informado al Consejo de Seguridad sobre el resultado de sus gestiones”.
Honduras también puso a consideración del Consejo General que autorice al secretario general brindar la asistencia que se considere necesaria a la comisión trilateral que han conformado los gobiernos de Honduras, El Salvador y Nicaragua para retomar la negociación y puesta en marcha del régimen de co-soberanía en el Golfo de Fonseca.
De acuerdo con el documento, este régimen “debería comprender la libertad de navegación en su más alta expresión, la seguridad, el desarrollo de la infraestructura portuaria, el mantenimiento de los canales de navegación, el desarrollo turístico mancomunado, la seguridad de las personas y de sus bienes, así como la vida humana en el mar”.