Honduras

Inconsistencias en la auditoría a grama del Estadio halla el TSC

Más de 32 millones de lempiras costó la instalación del engramillado híbrido del Estadio Nacional “Chelato” Uclés, entregado la última semana de mayo de 2023
27.11.2023

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Las irregularidades denunciadas en su momento por la Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción (STLCC), en torno a la licitación pública, construcción de obras e instalación del engramillado del Estadio Nacional José de la Paz Herrera Chelato” Uclés, no estaban alejadas de la realidad. Esas anomalías encontradas desde la convocatoria a licitación, hasta la obra, fueron ratificadas en el primer informe de verificación técnica del proyecto realizado por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC).

Hallazgos

La auditoría del TSC señala la disparidad entre las cantidades de obra que el Estado de Honduras pagó mediante la Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (Condepor), versus la obra ejecutada y las cantidades de ambas verificadas por el TSC. Una de las cifras que no concuerdan con lo establecido en la información brindada por la Condepor a este ente contralor, es en el presupuesto invertido en la instalación de la capa de grava que lleva el engramillado. Para ese objetivo se necesitarían 1,786.91 metros cúbicos, con un valor de 1,700,995.37 lempiras.

De estos la Condepor reportó el pago total de los 1,786.91 metros cúbicos, sin embargo, en lo verificado por el TSC se detalla que sólo se pagó por 1769.19, o sea, una diferencia de -17.72 metros cúbicos. Esto arroja una diferencia estimada de 16,868.02 lempiras que no fueron pagados por la entidad a la empresa contratista. De igual manera, la Condepor reportó en la instalación de la capa de arena de río una cantidad menor que la contratada debido a los cambios en las cantidades de material de las otras capas de agregados; todo eso se dio previo al pago total de la actividad. Para esa actividad se requerían 3,424.91 metros cúbicos, por los que según Condepor se pagó 3,199,653.67 lempiras. La Condepor reportó 2,506.48 metros cúbicos, sin embargo, la revisión ejecutada por el TSC apunta que solo se pagaron 2,849.95 metros cúbicos, haciendo una diferencia no reportada de 320,879.98 lempiras. Por razones no explicadas, la empresa contratista Sistemas de Construcción S. de R.L., encargada de la obra, acarreó la arena desde el municipio de Marcovia, Choluteca, a 153 kilómetros del Estadio Nacional. En el estudio de las especificaciones técnicas del proyecto incluidas en las bases de licitación, los auditores del TSC encontraron que muchas de las obras no contaban con estas especificaciones, faltando a la claridad y transparencia de la obra de construcción.

MP confirma investigación por “grama de oro” en el Chelato Uclés

Entre estas el trazado y marcado con topografía, la remoción de la grama anterior, además de la pormenorización de los materiales a utilizar en todo el proceso de instalación del nuevo engramillado. El motivo principal por el que se dio la remoción de la grama del Estadio Nacional para tener uno mejor era precisamente por la calidad del terreno de juego, pero la grama anterior no estaba del todo mal; aún podía ser utilizable. Al solicitar la información sobre qué se haría con ese césped y cuál fue su destino final, la Condepor no especificó si sería reutilizada y el lugar donde se reinstalaría esa grama existente y cuánto costó el acarreo. Lo mismo ocurrió con las porterías; nadie sabe a dónde fueron a parar. Y las empresas que presentaron sus propuestas técnicas y económicas fueron descalificadas “en base a la Sección II: Criterios de Evaluación de los Términos de Referencia, dado que no alcanzó la puntuación mínima requerida para pasar a la etapa de revisión de la propuesta económica”, explicó la Condepor. A razón de ello, se tomó la decisión de que la supervisión del proyecto estaría a cargo de la Gerencia de Proyectos de Infraestructura y Mantenimiento de Instalaciones de la Condepor. Esta supervisión derivó en que los avances del proyecto se supervisaran cada dos días, infringiendo el cumplimiento a lo estipulado en la Ley de Contratación del Estado y su reglamento