El ex vocero de la Misión de Apoyo contra la Corrupción e Impunidad en Honduras (Maccih), Juan Jiménez Mayor, considera que la Organización de Estados Americanos (OEA) 'debería defender su posición jurídica' tras analizar algunos considerandos del fallo de la Sala Constitucional 'que fue promovido por personas procesadas por corrupción', según lo expresado textualmente en sus redes sociales.
A través de seis puntos, publicados en Twitter, Juan Jiménez Mayor recalcó que se unía al debate de los 36 considerandos que emitieron los magistrados en torno a la petición de inconstitucionalidad, debido a las 'múltiples llamadas recibidas'.
La reacción de Juan Jiménez Mayor ocurre después de que algunas opiniones se dividieran a favor y en contra del fallo de la Sala Constitucional, unos argumentando que es un espaldarazo para continuar la lucha contra la corrupción y otros sentenciando que ya es un órgano de luto.
Para el caso, la coordinadora del Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), Gabriela Castellanos, aseguró que el fallo vulnera ciertas acciones de la Maccih y los operadores de justicia.
'Lo que recibimos fue una alegría de tontos, lo que estamos escuchando es que están blindando todo acto de impunidad en el país. Vemos con preocupación, porque tenían que fortalecer la Ufecic y no será así. La Maccih es un órgano de luto', dijo Castellanos.
A continuación los puntos destacados, de manera íntegra, por el ex vocero de la Maccih:
'Frente a las múltiples llamadas recibidas, como jurista y ex funcionario que lideró la Maccih, me permito contribuir al debate sobre el reciente fallo de la CSJ promovido por personas procesadas por corrupción, ejerciendo mi derecho de crítica a las resoluciones judiciales.
1. La sentencia no declara inconstitucional Ley y Convenio constitutivo de Maccih, pero establece una ÚNICA forma de aplicación (la doctrina llama a este mecanismo interpretación conforme a la Constitución). Así, salvan la norma según su criterio, pero restringen su ámbito.
2. Fallo obliga a Fiscal General a adecuar norma de creación y competencias de Ufecic a dicha interpretación, restringiendo mandato de la Maccih La interpretación parte de un supuesto inexistente: Ufecic no delega funciones constitucionales a Maccih. Fiscal investiga y acusa.
3. Fallo afecta competencias de Maccih en procesos de certificación de jueces y fiscales y en el trabajo integrado de investigación en donde coopera con expertos con el Fiscal en casos de corrupción. Error del fallo: Maccih no reemplaza ni sustituye al fiscal, colabora.
4. Sentencia obvia la Convención de Viena (fallo judicial no solo interpreta una Ley sino un Tratado). El art. XV del Convenio constitutivo de Maccih establece que cualquier controversia de interpretación debe ser resuelta de modo conjunto. Se incumple Convenio Maccih.
5. Fallo establece que la Maccih no podrá certificar, evaluar y supervisar en asuntos concretos sino abstractos. Ergo: no puede referirse a hechos o casos concretos de corrupción sometidos a la justicia, no puede criticar resoluciones judiciales ¿Por qué?
6. Por todo ello: la OEA debiera defender su posición jurídica. El fallo ordena revisar el Mecanismo Interinstitucional acordado con el Ministerio Público el 17/Enero/2017. Este Mecanismo fue aprobado por la Secretaría de Asuntos Jurídicos de la OEA antes que lo firme el SG -Secretario General-'.
Descargue aquí el fallo completo que ratifica la constitucionalidad de la Maccih