TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Los pilotos de las aerolíneas o vuelos comerciales privados deben seguir al pie de la letra todos los mecanismos de comunicación con las autoridades aeronáuticas y de las Fuerza Aérea Hondureña (FAH) para no ser interceptados.
La nueva Ley de Protección de la Soberanía del Espacio Aéreo (LPSEA) ordena a la FAH informar a los propietarios, pilotos y tripulantes de aeronaves civiles de estas disposiciones para que conozcan los requisitos que deben cumplir al volar en las aeronaves civiles.
Con esta normativa, las autoridades de las Fuerzas Armadas (FF AA) no pueden ordenar el derribo de aeronaves sospechosas de tráfico de drogas, armas o personas a menos que haya amenaza para los pilotos de las aeronaves militares.
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Todos los procedimientos ahora serán grabados en videos y audio, es decir, que en caso que haya abuso de autoridad por parte de los oficiales de la institución armada, todo quedará registrado para proceder en contra de los responsables.
No obstante, no todo es responsabilidad de las FF AA, los operadores civiles también deben colaborar haciendo vuelos que permitan la visibilidad de su localización en los radares de la FAH y comunicando sus movimientos.
Disposiciones
Las autoridades exigen a las aeronaves civiles que presenten un plan de vuelo antes del despegue y si no es posible hacerlo antes de salir de tierra, tan pronto como puedan ya en el aire.
El piloto debe ponerse en contacto con el Control de Tráfico Aéreo (ATC por sus siglas en inglés) más cercano tan pronto como sea posible después del despegue para informar de la ruta y ubicación.
La ley establece que habrá un monitoreo continuo a la frecuencia de radio apropiada del Control de Tráfico Aéreo y cuando sea necesario deberán establecer comunicaciones bidireccionales entre el piloto y el ATC.
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Cuando resulte imposible establecer contacto apropiado con el encargado del Control de Tráfico Aéreo, se debe mantener un canal abierto en las frecuencias de emergencia de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
Los operadores de aviación civil están obligados a familiarizarse con los procedimientos de interceptación aérea, comunicación por radio y visual promulgados por la OACI en el anexo 2 del convenio de Chicago para saber cómo responder en caso de ser necesario.
De igual forma hay disposiciones como mantener activado el equipo transpondedor con el código asignado desde el Control de Tráfico Aéreo, obtener permiso antes de volar sobre zonas de exclusión por el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS) y abstenerse de pernoctar en pistas no controladas en las que la autoridad competente lo ha prohibido.
Para desarrollar todos estos procedimientos las instituciones de seguridad, defensa y fuerzas del orden involucradas en el Programa Soberanía Aérea Hondureña (PSAH) serán equipados con los mecanismos, instrumentos y equipo necesarios para comunicarse con la FAH. Al haber una mejor comunicación, todas las instituciones de seguridad nacional podrán llegar a donde aterriza una aeronave sospechosa con un número suficiente de agentes y asegurarla, realizar registros, incautaciones y arrestos de manera segura.
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Para lograr el equipamiento de todas las instituciones, la nueva ley las faculta a gestionar recursos tanto del tesoro nacional como de fuentes externas.
La Secretaría de Defensa Nacional (Sedena) informó a EL HERALDO que el enfoque de la nueva ley es fortalecer el acuerdo aéreo de Honduras en el combate al narcotráfico, pero respetando las resoluciones de la OACI y la normativa contenida en los Convenios de Chicago y Montreal relacionados a la aviación civil.
“La ley permite fortalecer el escudo aéreo enlazado con los otros escudos. Permite además el intercambio de información en este tema del narcotráfico y fortalece la investigación a través de centros de monitoreo tecnológico”, comunicó Defensa.