Honduras

Presentan recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 80 de la Ley Orgánica del Congreso Nacional

El recurso de inconstitucionalidad parcial fue presentado por el diputado Ramón Barrios, quien argumentó que el artículo 80 de la Ley Orgánica del Congreso Nacional no se aplica para la elección del fiscal general y adjunto
08.09.2023

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Un recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 80 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo fue presentado este viernes -8 de septiembre- por el diputado del partido Libertad y Refundación (Libre), Ramón Barrios.

El congresista llegó -en compañía del abogado Rodil Rivera- a las instalaciones de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) donde presentó la documentación de dicho recurso.

Barrios explicó que la inconstitucionalidad para dicho precepto será parcial y no total.

“Por vía de acción estamos solicitando que se declare la inconstitucionalidad parcial del artículo 80 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo”, aseguró el parlamentario del partido de gobierno.

El argumento del también profesional del derecho se basa en que dicho artículo entra en conflicto con el 233 de la Constitución de la República y el artículo 18 de la Ley del Ministerio Público, esto en relación a la continuidad del fiscal general y adjunto en caso que no se hayan nombrados sustitutos.

“Nosotros consideramos que la aplicación del artículo 80 entra en conflicto con el artículo 233 de la Constitución de la República en relación con el artículo 18 de la Ley del Ministerio Público”, declaró Barrios.

Asimismo aseguró que respeta la constitucionalidad que otorgó el Poder Judicial en el 2017 a dicho artículo, sin embargo, aclaró que es relación a la elección de los magistrados del CSJ y no aplica para nombrar a las nuevas autoridades de la Fiscalía.

“Ese mismo artículo no se puede aplicar con la elección del fiscal general y adjunto porque la ley del Ministerio Público ya ordena una orden de sucesión en función que los titulares tienen períodos de cinco años que vacaron en la Constitución el 1 de septiembre”, recalcó el profesional del derecho.

A criterio del diputado y abogado Ramón Barrios, quien debe asumir la titularidad del Ministerio Público es la Dirección de Fiscales y no el actual fiscal adjunto, Daniel Sibrián.

En ese sentido calificó como una “buena interpretación” la salida del fiscal general Óscar Chinchilla de su cargo.

“Quien debe estar de acuerdo a esta ley del fiscal (al mando) es el Director de Fiscales”, sentenció el diputado.

Confirman a Sibrián como titular del MP hasta nombrar a nuevos fiscales

CSJ lo declaro constitucional en 2017

Fue a través de un comunicado que realizó la Fiscalía General Adjunta que explicó el contenido del artículo 80 de la Ley Orgánica del Congreso Nacional y el 233 de la Constitución de la República, que ha sido motivo de debate entre diferentes diputados y analistas.

“En relación a la constitucionalidad del referido artículo 80, en sentencia de la Sala de lo Constitucional, recaída en el recurso de inconstitucionalidad número 65-2016, en fecha 21 de febrero de 2017, interpuesto por los abogados Jari Dixon y Jorge Cálix, contra el artículo 80 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se falló declarando su constitucionalidad y por ende, la aplicabilidad de dicha norma ”, dice parte del comunicado, que es contrario a lo vertido desde el oficialismo.

Esto quiere decir que los recursos interpuestos por los diputados Cálix y Dixon fueron descartados y por mandato de la normativa del Legislativo, las actuales autoridades deben ejercer sus funciones hasta que el mismo Hemiciclo nombre a sus sustitutos.

Asimismo, la Fiscalía Adjunta señala que “dicho artículo regula situaciones excepcionales y provisionales, constituyendo un modo de mantener la estabilidad y continuidad de las instituciones del Estado y el Estado mismo”.

Además hace mención del artículo 500 párrafo tercero del Código Penal hace relación a la persona que “continúa ejerciendo cargo o empleo público en el cual ha debido cesar conforme a la ley.”

En ese sentido, específicamente para los cargos de fiscal general y fiscal general adjunto se debe seguir lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, pues su constitucionalidad ha sido declarada expresamente por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a través de la Sala Constitucional.

Hasta el momento de transcurrido el mes de septiembre, sigue al mando del Ministerio Público el actual fiscal adjunto Daniel Sibrián, hasta que en el Congreso Nacional logren los consensos para nombrar a los nuevos titulares de la Fiscalía.

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