TEGUCIGALPA, HONDURAS.- En el limbo ha quedado el nuevo juicio incoado a la ex primera dama,
Rosa Elena Bonila de Lobo y su ex secretario privado
Saúl Escobar Puerto.
En las últimas horas, los jueces designados para conocer el nuevo juicio del caso Caja chica de la dama rechazaron su nombramiento e interpusieron un recurso de reposición alegando, entre otras cosas, que la facultad de designar nuevos jueces no le corresponde a la Corte de Apelaciones en Materia de Corrupción sino a la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
En un escrito remitido firmado por los cuatros jueces José Anaím Orellana, Jocelyn Marie Donaire, Wendy Carolina Escobar y Walter Antonio Lara, promovieron el trámite ante la Corte de Apelaciones en Materia de Corrupción 'para dirimir el conflicto de competencia'.
'Mi Rosa' recibió recientemente su carta de libertad provisional junto a su secretario Saúl Escobar para defenderse en libertad.
En agosto de 2019, la ex primera dama Rosa Elena Bonilla de Lobo fue condenada a 58 años de cárcel por tres delitos de apropiación indebida y ocho de fraude a título de autora en perjuicio del patrimonio de Honduras.
Sin embargo, en marzo de este año, la Sala Penal del Poder Judicial ordenó la repetición de su juicio ya que supuestamente halló errores de forma y fondo en la causa por la cual fue sentenciada.
Rosa Elena de Lobo fue detenida en febrero de 2018 en su casa en Tegucigalpa en la que vivía con el expresidente Porfirio Lobo. Su captura fue parte de la investigación “Caja Chica de la Dama” liderada por el Ministerio Público y la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad (Maccih).
En las últimas horas, los jueces designados para conocer el nuevo juicio del caso Caja chica de la dama rechazaron su nombramiento e interpusieron un recurso de reposición alegando, entre otras cosas, que la facultad de designar nuevos jueces no le corresponde a la Corte de Apelaciones en Materia de Corrupción sino a la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
En un escrito remitido firmado por los cuatros jueces José Anaím Orellana, Jocelyn Marie Donaire, Wendy Carolina Escobar y Walter Antonio Lara, promovieron el trámite ante la Corte de Apelaciones en Materia de Corrupción 'para dirimir el conflicto de competencia'.
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'En su escueta motivación la honorable Corte de Apelaciones en Materia de Corrupción copia literalmente los artículos 1, 57 y el artículo 335 del Código Procesal Penal, y fundamenta su designación redactando la última oración del apartado segundo de su motivación, en los términos siguiente: 'En consecuencia no tratándose de un caso de escusa o recusación sino de un impedimento por haber conocido el debate anterior, procede que esta Corte de Apelaciones haga la designación de los sustitutos para evitar dilaciones innecesarias'', señala el documento.
De acuerdo a los jueces, al someter a un análisis la providencia se considera que el mismo no es aplicable, 'debido a que usarlo como base para realizar la designación de los suscritos para que conozcan del nuevo juicio en este caso, afecta y lleva de encuentro principios y garantías procesales que atentan contra el debido proceso'.
Es decir que el artículo enunciado por los jueces no los lleva a la evacuación total de las pruebas sino a las etapas finales del juicio que tienen que ver con la deliberación de todo el debate.
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Y es que según los togados, el artículo 335 enunciado por la Corte de Apelaciones en Materia de Corrupción 'no es aplicable para realizar la designación debido a que esa facultad de ley no corresponde a la etapa en que actualmente se encuentra en proceso, donde ya la fase de deliberación ya se superó, se emitió una sentencia y se ha resuelto una casación'.
Además, el nombramiento se contrapone a la misma norma cuando dice que los jueces sustitutos serán escogidos entre los jueces de Letras del mismo departamento o de uno adyacente, 'por lo que no se reúne con esa categoría que se exige en los remplazos o designaciones de los jueces que deben designar las cortes de apelaciones'.
Los jueces designados por la Corte de Apelaciones en Materia de Corrupción corresponden al Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional de Francisco Morazán, que conoce y evacúa juicios relacionados a delitos de criminalidad organizada, lavado de activos, asociación ilícita, asesinatos, narcotráfico, entre otros.
El escrito señala que es la Corte Suprema de Justicia la que tiene la potestad de determinar, la forma en que se asignarán los juicios y la integración de los tribunales de sentencia.
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'La designación de que hace la Corte de Apelaciones en Materia de Corrupción no se trata de un reemplazo proveniente de un impedimento de los jueces que no han podido participar o seguir participando en una deliberación, sino que claramente es la asignación de un juicio y la integración de un tribunal de sentencia, depositando esa responsabilidad por la Corte de Apelaciones en Materia de Corrupción, cuando esa facultad le corresponde a la CSJ', establece el documento.
Delitos
A Rosa Elena de Lobo se le supone responsable de los delitos de apropiación indebida y ocho delitos de fraude en concurso real, mientras que a Escobar Puerto se le acusa de ocho delitos de fraude en concurso real.'Mi Rosa' recibió recientemente su carta de libertad provisional junto a su secretario Saúl Escobar para defenderse en libertad.
En agosto de 2019, la ex primera dama Rosa Elena Bonilla de Lobo fue condenada a 58 años de cárcel por tres delitos de apropiación indebida y ocho de fraude a título de autora en perjuicio del patrimonio de Honduras.
Sin embargo, en marzo de este año, la Sala Penal del Poder Judicial ordenó la repetición de su juicio ya que supuestamente halló errores de forma y fondo en la causa por la cual fue sentenciada.
Rosa Elena de Lobo fue detenida en febrero de 2018 en su casa en Tegucigalpa en la que vivía con el expresidente Porfirio Lobo. Su captura fue parte de la investigación “Caja Chica de la Dama” liderada por el Ministerio Público y la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad (Maccih).