TEGUCIGALPA, HONDURAS.- En un plazo máximo de 15 días, el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) deberá de remitir al Ministerio Público (MP) todos los expedientes recibidos al amparo del artículo 131-A del decreto 83-2004 sobre la liquidación de fondos públicos destinados a la ejecución de proyectos o ayudas sociales.
Así quedó establecido en el artículo dos del dictamen aprobado el jueves en el Congreso Nacional con el que se le devuelven las facultades investigativas plenas al MP, eliminando obstáculos para el ente acusador del Estado.
En la referida disposición se ordenó al TSC a realizar una auditoría e investigación especial de todos los fondos públicos gestionados, recibidos, administrados y ejecutados por los servidores públicos, incluyendo los diputados del CN comprendidos en tres períodos de gobierno que implicaron 12 años, es decir de 2006 al 2018.
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Luego de haberse publicado el literal A del artículo 131 incorporado en el Presupuesto General de la República para el ejercicio fiscal 2018, tanto la auditoría como la investigación especial del ente contralor del Estado la realizaría transcurridos tres años y que debía de hacerse desde el año pasado.
Los referidos expedientes se enviarán en el estado procesal en que se encuentren a la fecha de publicación del decreto admitido, constató EL HERALDO.
El legislador del Partido Nacional, Tomás Zambrano, condicionó el apoyo de la bancada que dirige si se derogaban de la amnistía a presos políticos concedida los delitos contra la administración pública debido a que representa un pacto de impunidad. Sin embargo, el congresista cachureco Rolando Barahona manifestó su respaldo al dictamen sin limitante alguna.
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Ordenar cumplimiento
“Ordénese el cumplimiento inmediato de la sentencia del 30 de enero de 2019 de la Sala de lo Constitucional, donde se declara la inconstitucionalidad por razón de forma del artículo 238 contenido en el decreto legislativo 141-2017 emitido por el Congreso Nacional en fecha 18 de enero de 2018, publicado en el diario oficial La Gaceta número 34,546 y la fe de erratas del mismo contenido en el diario oficial La Gaceta número 34,552”, subraya el artículo 1 del decreto, único que fue aprobado por unanimidad.
Mientras que el artículo 3 estipula que el incumplimiento de este decreto causará responsabilidad penal de conformidad con las leyes nacionales.
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