TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró la inconstitucionalidad del decreto 141-2017 contentivo del artículo 238 de la Ley de Presupuesto que fue modificado por una fe de erratas a inicios de 2018. La sentencia fue emitida el jueves 31 de enero por unanimidad de votos por los jueces constitucionales.
El recurso de inconstitucionalidad fue presentado por fiscales el Ministerio Público (MP).
En la misma resolución declaró “sin lugar por razón de contenido por canon de evitación, al no estimarse los argumentos planteados en ambos recursos, puesto que la Sala Constitucional observó que la facultad fiscalizadora y la determinación de la existencia del delito de enriquecimiento ilícito le corresponde al Tribunal Superior de Cuentas”.
Se estableció que las atribuciones del TSC son permanentes y que el MP y la Procuraduría General de la República tienen la facultad de judicializar los resultados que realice el TSC.
Con la resolución judicial, el caso denominado Red de Diputados tendrá que desengavetarse y seguir el proceso penal correspondiente.
Este caso fue archivado el año anterior debido a que la jueza determinó que tendría que ser el Tribunal Superior de Cuentas el ente que tendría que auditar los fondos públicos que presuntamente malversaron los diputados.
En la Red de Diputados son acusados los exdiputados Augusto Cruz Asensio, Héctor Padilla, Audelia Rodríguez, Eleázar Juárez y Dennis Sánchez por el presunto desvío de ocho millones de lempiras.