Según el Reglamento aprobado por el TSE este año, este viernes- a las 12 de la noche- vence el plazo para la presentación de solicitud de inscripción de los nuevos partidos políticos, los que hasta ahora son cinco.
Estos, para ser inscritos legalmente por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) deben presentar un mínimo de 62,309 firmas equivalentes al total de votos válidos emitidos en las elecciones generales de 2013.
Los nuevos partidos en formación, cuyos dirigentes aseguran ya tienen sus estatutos, emblemas y algunas estructuras, están identificados como el Partido Nacional Republicano Hondureño (Panareh), el Movimiento de Acción Social (MAS), Liberación Democrática de Honduras (Lidehr), otro más que aún no tiene nombre aún, pero será bautizado con una fase en común: justicia, imitando a partidos de este tipo que operan en América del Sur y Europa.
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ARTÍCULO 65.
REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN.
Para obtener su inscripción, los Partidos Políticos deberán presentar ante el Tribunal Supremo Electoral, su solicitud acompañada de los documentos siguientes:
1) Testimonio del Acta Notarial de constitución;
2) Declaración de principios;
3) Descripción y dibujo del emblema del Partido Político e indicación del nombre bajo el cual funcionará;
4) Programa de acción política;
5) Estatutos;
6) Acreditar que el Partido Político cuenta con la organización de sus autoridades municipales y departamentales en más de la mitad del
total de los municipios y departamentos del país; y,
7) Nómina de ciudadanos que respaldan la solicitud, equivalente al dos por ciento (2%) del total de votos válidos emitidos en la última elección general en el nivel electivo presidencial. Se presentará por municipio en dos (2) originales con los nombres y apellidos de los ciudadanos, número de tarjeta de identidad, huella dactilar, domicilio actual y firma, esta última cuando pudiese hacerla.
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ARTÍCULO 66.
PERÍODO HÁBIL PARA INSCRIPCIÓN.
La solicitud de inscripción de Partidos Políticos podrá presentarse y aprobarse en cualquier tiempo, excepto en el año electoral.
ARTÍCULO 67.
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS.
La declaración de principios deberá contener:
1) La obligación de cumplir la Constitución y las leyes;
2) Los principios ideológicos de carácter político, económico y social que
postule; y,
3) La obligación de lograr sus objetivos por medios democráticos, representativos y participativos, acatar la voluntad de las mayorías
y no subordinar su actuación a directrices de entidades nacionales o extranjeras, públicas o privadas que atenten contra la soberanía e independencia económica, política y cultural del Estado, su forma de gobierno democrática y representativa y las autoridades constituidas.
ARTÍCULO 68.
PROGRAMA DE ACCIÓN.
El Programa de Acción determinará
LEY ELECTORAL Y DE LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS
1) Realizar los postulados y alcanzar los objetivos enunciados en su declaración de principios;
2) Proponer políticas a fin de resolver los problemas nacionales, y;
3) Formar ideológica y políticamente a sus afiliados.
Los partidos que abrieron expedientes son:
1.- Partido Nacional Republicano Hondureño (Panareh) (liderado por Heriberto Baquedano Membreño).
2.- Movimiento de Acción Social (Mas) (José Lagos).
3.- Liberación Democrático de Honduras (Lidehr) (Lempira Viana Mora).
4.- Justicia Nuestra (Miguel Nolasco).
5.- Va Movimiento Solidario (Vamos). (Augusto Cruz Asensio).
6.- Partido de Integración Social (Pais). Liderado por fgrupo de hombres y mujeres jovenes pero ya desistió.
7.- Organización de la Reserva Democrática (Orden).
8.- Movimiento Libertario ( Joe Kirkconnell).
YA DESISTIERON: PAIS Y posiblemente Justicia Nuestra pero este no ha confirmado.
Partidos legalmente constituidos.
1. Partido Nacional (en gobierno)
2. Partido Libre
3. Partido Liberal
4. Partido Anticorrupción
5. Partido Demócrata Cristiano.
6. Partido Unificación Democrática.
7. Partido Innovación y Unidad
8. Partido Frente Amplio en Resistencia
9. Partido Alianza Patriótica Hondureña (Alianza).