Cuentas bancarias de los precandidatos pueden abrirse tras la convocatoria a las elecciones, según la ley

La Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos y Candidatos Políticos contempla que los movimientos políticos abran cuentas bancarias a partir de la convocatoria a elecciones primarias
Falso
28.05.2024

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El diputado y precandidato presidencial, Jorge Cálix, de Libertad y Refundación (Libre), ante su descontento por el rechazo para la apertura una cuenta bancaria destinada a recibir aportaciones para su campaña política, afirmó que la Unidad de Política Limpia está obligada (en este momento) a autorizar y registrar la cuenta para poder fiscalizar y auditar las contribuciones y gastos.

“La Unidad de Política Limpia está en la obligación de autorizarme, de registrar mi cuenta bancaria, para poder fiscalizarla y auditarla, saber quién me aporta, en qué gasto dinero. Y no pueden decir que no, solo que el partido no me haya dado el visto bueno”, aseguró el 15 de mayo (su aseveración se puede escuchar desde el segundo 2 del siguiente video).

Sin embargo, eso no es así. El artículo 12-A de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos y Candidatos Políticos, indica que los movimientos interesados en abrir una cuenta bancaria para recibir contribuciones, ya sean públicas o privadas, deben esperar a que el Consejo Nacional Electoral (CNE) convoque a las elecciones primarias, que será en septiembre próximo.

Además, la normativa exige a los movimientos políticos la aprobación de la autoridad partidaria (algo que no tiene la corriente de Cálix), así como la designación de responsable financiero antes de recibir cualquier tipo de financiamiento.

Recientemente, Cálix señaló a Manuel Zelaya, coordinador de Libre, de conspiración para obstaculizar la apertura de su cuenta bancaria.

El equipo de verificación de EL HERALDO intentó comunicarse con Cálix para saber la fuente de su afirmación, pero no obtuvo respuesta.

El artículo 12-A

El artículo 12-A de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos y Candidatos Políticos, también conocida como Unidad de Política Limpia, contempla que la apertura de cuentas puede llevarse a cabo, una vez que se emita la convocatoria a elecciones primarias.

Para ello, el movimiento debe enviar una solicitud a la Unidad junto con la aprobación de la autoridad partidaria y la designación de un responsable financiero.

Además, la Unidad tiene tres días para decidir sobre la solicitud, una vez inscrita la precandidatura o movimiento interno, se puede designar un nuevo responsable financiero.

“La apertura de la cuenta bancaria de los movimientos en formación que tengan intención de participar en las elecciones primarias, puede darse a partir del momento de la Convocatoria a Elecciones primarias, para lo cual se debe remitir a la Unidad una nota con el Visto Bueno de la Autoridad partidaria solicitando autorización para la apertura de la cuenta, designando un responsable financiero”, indica la normativa.

Y agrega: “La Unidad debe decidir, en el término de 3 días, luego de la recepción de la misma. Una vez inscrita la precandidatura o movimiento interno, se puede designar un nuevo responsable financiero. No se pueden utilizar cuentas personales existentes para tal efecto, ni utilizar en las elecciones generales la misma cuenta abierta para las elecciones primarias”.

“En caso de que el Movimiento en Formación no resulte inscrito por la Autoridad competente, el responsable financiero debe liquidar ante la Unidad, en un plazo de 10 días luego de la notificación de la denegación de la inscripción, la cuenta bancaria que se le autorizó abrir”, establece.

Postura de la unidad

El 17 de mayo, la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos y Candidatos Políticos informó que el pleno de comisionados rechazó la petición de Calix para la apertura de una cuenta “para bancarizar el financiamiento de su movimiento en formación puesto que, su petición no cumplió con los requisitos determinados en la ley”.

En ese contexto, el abogado Luis Romero analizó que “la resolución de la Unidad de Política Limpia obedece a la aplicación de la ley. Lo único que le están diciendo (a Calix) no es que no le van a abrir cuentas o que no puede abrir cuentas, sino que él tiene que esperar la convocatoria de elecciones primarias”.

Además, la comisionada de la Unidad de Política Limpia, Ivonne Ardón, explicó que “una vez que el Consejo Nacional Electoral haga el llamamiento a elecciones” se hará la apertura de cuenta para el precandidato presidencial de Libre.

Conclusión

Jorge Cálix afirmó que “la Unidad de Política Limpia está en la obligación de autorizarme, de registrar mi cuenta bancaria, para poder fiscalizarla y auditarla, saber quién me aporta, en qué gasto dinero. Y no pueden decir que no, solo que el partido no me haya dado el visto bueno”.

El artículo 12-A de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos y Candidatos Políticos establece que los movimientos políticos deben esperar a que el CNE convoque a las elecciones primarias, el 8 de septiembre de 2024, antes de abrir una cuenta bancaria para recibir contribuciones.

Además, la normativa requiere que los movimientos políticos obtengan la aprobación del partido correspondiente, en este caso, el de Libre, algo que aún no tiene Cálix.

Por lo tanto, calificamos como falsa la aseveración de Cálix.

Fuentes

Nuestras calificaciones

Verdadero

Las pruebas apuntan, con contundencia y rigurosidad, a que lo afirmado es cierto.

Falso

Las evidencias no dejan margen a que lo afirmado es falso.

Ni sí, ni no

La expresión contiene algunos elementos verdaderos, pero en un contexto engañoso.

No verificado

No hay información pública o disponible que confirme o desmienta la expresión declarada.

¡Plop!

Además de ser falsa, la declaración cae en exageración.

Suyapa Rubio


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