El magistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE),
Enrique Ortez, afirmó ayer que el organismo rector de las elecciones aplicó la Ley Marco de las Iglesias Evangélicas
para inscribir al pastor Mario Tomás Barahona,
porque es un estamento vigente, desde el momento en que el fallo de la Corte Suprema de Justicia de Honduras no ha sido publicado.
Según los opositores a la ley, la no publicación del fallo judicial constituye un abuso de autoridad del presidente del Congreso Nacional, Juan Orlando Hernández
y con ella demuestra que cree estar por encima de la ley.
Por tal motivo, dos pastores formalizaron el jueves una denuncia ante el Ministerio Público de Honduras en contra de Hernández, y otros directivos del CN.
Estos pastores solicitan que la Fiscalía contra la Corrupción promueva el antejuicio para deducir responsabilidad penal por desobediencia, abuso de autoridad y violación a los deberes de los funcionarios.
TSE responde
Ortez Sequeira salió al paso a la denuncia que interpuso el Foro Interclesiástico de Honduras,
que amenaza con demandar a los magistrados del Tribunal Supremo Electoral por violar el fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), al permitir a religiosos involucrarse en política, cuando la Constitución de la República establece que esa actividad es solo para personas del estado seglar.
“Estos son temas de enorme controversia y obviamente cuando la política se mezcla con la religión eso genera más comentario”, sostuvo Ortez.
El mencionado foro cuestiona que la inscripción de Barahona está hecha en base a letra muerta porque la Ley Marco fue derogada por la Corte Suprema de Justicia al declararla inconstitucional, “lo que pasa es que el fallo no ha sido publicado por el Congreso Nacional de Honduras
en el diario La Gaceta, lamentó el vocero de dicha organización”, José Padilla.
En respuesta a la amenaza de los pastores aglutinados en el Foro, Ortez sostuvo que como organismo colegiado, ninguno de los magistrados toma decisiones individuales y ha sido característica de este ente electoral determinar los fallos de forma unánime.
Explicó que en el proceso electoral primario de 2004, en el caso del pastor Mario Tomás Barahona, se tomó la decisión de inscribirlo argumentado que las iglesias evangélicas tenían ciertas características de Organizaciones no Gubernamentales (ONG).
Sin embargo, alguien introdujo un recurso de amparo por la participación del pastor, mismo que fue admitido por la Corte Suprema de Justicia
(CSJ) y se concluyó que Barahona no podía participar en política.
En el 2010, el Congreso Nacional creó la Ley Marco de las Iglesias Evangélicas, la que todavía está vigente por no haber sido publicada la sentencia de la Corte,
y por lo consiguiente se está enmarcado en ley, arguyó.