TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El TPS (Estatus de Protección Temporal) extendido el pasado jueves 10 de noviembre trajo alivio a los 57 mil connacionales registrados en el programa que han gozado del beneficio desde el paso del huracán Mitch por Honduras.
Tras 24 años y el embate de más fenómenos naturales devastadores, principalmente Eta e Iota en octubre de 2020, Honduras aspira a lograr que Estados Unidos cree un nuevo TPS para los compatriotas que migraron tras salir afectados por estas dos tormentas.
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En ese sentido, el vicecanciller Antonio García explicó esta semana que el gobierno de Estados Unidos tiene la potestad de responder favorablemente a la solicitud de Honduras por contar con un nuevo Estatus de Protección Temporal (TPS) que incluya a más de 200 mil compatriotas que no están bajo el programa.
El gobierno de Xiomara Castro ha presentado la iniciativa ante la administración de Biden para que el país sea tomado en cuenta para un nuevo beneficio, amparados en los daños que dejaron ambos fenómenos en plena crisis por la pandemia del covid-19.
Pero si eso llegará a suceder qué tendrían que hacer los posibles candidatos a un nuevo TPS, en otras palabras ¿Cómo sé si soy elegible?
¿Cómo sé si soy elegible?
El Departamento de Seguridad Nacional (USCIS) a través del Servicio de Migración y Ciudadanía enlista una serie de requisitos de elegibilidad que hay que cumplir para considerarse una persona apta para entrar en el programa.
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Para ser elegible al TPS debe:
1. Ser un ciudadano de un país designado al TPS, o una persona sin nacionalidad cuya última residencia habitual fue en el país designado.
2. Presentar la solicitud durante el periodo inicial de inscripción o reinscripción, o cumplir con los requisitos de presentación de solicitud tardía durante cualquier extensión de la designación de su país al TPS.
3. Haber estado presente físicamente de forma continua (CPP) en Estados Unidos desde la fecha de efectividad de la fecha de designación más reciente de su país.
4. Haber residido continuamente (CR) en Estados Unidos desde la fecha especificada para su país. La ley permite una excepción al requisito de presencia física continua y al de residencia continua, para salidas cortas, casuales e inocentes fuera de Estados Unidos.
5. Cuando usted solicita o se reinscribe al TPS, debe informar a USCIS de todas sus ausencias de Estados Unidos desde las fechas de CPP y CR. USCIS determinará si la excepción corresponde en su caso.
También se debe tener en cuenta que existen situaciones en las que pese a que Estados Unidos llegue a otorgar un nuevo TPS, aún así una persona podría no ser apta para el beneficio.
¿Cómo saber si NO soy elegible al TPS?
1. Si la persona ha sido condenada por algún delito o dos o más delitos menores cometidos en Estados Unidos.
2. También es encontrado inadmisible como inmigrante bajo las causales correspondientes en la sección 212(a) de INA, incluyendo las causales criminales o relacionadas a la seguridad para las cuales no existe exención.
3. Si está sujeto a cualquiera de los impedimentos reglamentarios para asilo. Estos incluyen, pero no están limitados a, participar en la persecución de otra persona o incurrir o iniciar actividad terrorista.
4. Al no cumplir con los requisitos de presencia física continua o residencia continua en Estados Unidos; o si se le concede TPS, no reinscribirse al TPS según se le requiere, sin tener causa justificada para ello.