TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Estando en libertad los seis exmiembros del Consejo de la Judicatura pueden obstruir las investigaciones y alterar los medios de prueba ejerciendo influencia sobre jueces.
Ese fue uno de los criterios que evaluó y consideró la Corte de Apelaciones en Materia de Corrupción para resolver revocarle las medidas sustitutivas a los imputados.
Según la justificación del Ministerio Público (MP), plasmada en la resolución del órgano judicial, “la relación laboral que hubo y existe entre los encausados con los entes encargados de la administración financiera del Poder Judicial facilita de enorme manera la posibilidad de manipular tales oficinas de administración (llámese auditoría interna, pagaduría, departamento de contabilidad, administración de personal, entre otros) con el objeto de destruir los medios de prueba documentales”.
También añade que se facilita la elaboración de documentos que tienden a contradecir la prueba obtenida por el MP, ocultar o suprimir prueba existente relacionada con el delito y manipular al personal que dirige tales entidades.
El pasado 1 de agosto la Corte de Apelaciones en Materia de Corrupción ratificó la prisión preventiva para los exconcejales, ya que declaró sin lugar el recurso de reposición interpuesto por los defensores legales de los imputados.
Una semana después, en el Juzgado de Letras Penal en Materia de Corrupción, se realizó la audiencia de notificación de cambio de medidas. Ese mismo día, cuatro de los seis exconcejales fueron enviados a guardar prisión.
En cuanto a los otros dos exconcejales, Teodoro Bonilla ya estaba en prisión por otra causa y Julio Barahona aún no ha sido notificado.
El MP los acusa por los delitos de malversación de caudales públicos, abuso de autoridad y falsificación de documentos públicos. La investigación establece irregularidades como viáticos sin liquidar, aumentos selectivos sin documentación soporte, personal cancelado y contratado al día siguiente para favorecerlos con el pago de beneficios y pago de horas extras.
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Determinación
“Es correcto presuponer que los imputados Jorge Rivera Avilés, Teodoro Bonilla, Julio Barahona, José Quiroz, Liliam Maldonado y Celino Aguilera, unicamente por el hecho de enfrentar una expectativa de pena tan elevada, intentarán entorpecer el curso de la investigación y eludir el accionar de la justicia”, señala el escrito de la Corte de Apelaciones al que tuvo acceso EL HERALDO.
Sumado a lo anterior, está el riesgo de fuga de los implicados. Al hacer un análisis de las valoraciones tanto de la acusación como de las defensas, la Corte de Apelaciones, por unanimidad de votos, resolvió revocar las medidas cautelares contrarias a la prisión. Desde el 14 de abril los exconcejales se defendían en libertad. Ellos firmaban todos los viernes el libro de control de medidas cautelares y no podían salir del país.
Las penas que podrían enfrentar los acusados oscilan entre 402 y 1,506 años en prisión. Para el expresidente de la Corte Suprema de Justicia, Jorge Rivera, la pena máxima que podría enfrentar es de 1,506 años.
Para el exvicepresidente del Consejo de la Judicatura, Teodoro Bonilla, la pena máxima sería de 1,140 años. Para el exconcejal Celino Aguilera 477 años y para José Quiroz de 1,116 años. A su vez para Liliam Maldonado y Julio Barahona la pena sería de 804 años en prisión.
Lo anterior en caso de que sean condenados en la etapa de juicio oral y público. En su artículo 35, el Código Penal señala que al culpable de dos o más delitos se le impondrán todas las penas correspondientes a las diversas infracciones. Sin embargo, señala la normativa que la duración de las penas acumuladas por varios delitos no excederá de treinta años.