Honduras

Listo el borrador del decreto ejecutivo de vinculación del diálogo

El gobierno se comprometerá por medio de este documento a cumplir con los acuerdos del diálogo político nacional

01.08.2018

TEGUCIGALPA, HONDURAS. -Cinco artículos contiene el decreto ejecutivo de vinculación de las decisiones que se tomen en el diálogo nacional.

La firma del presidente de la República, Juan Orlando Hernández, y la publicación en el diario oficial La Gaceta respaldarán este documento.

EL HERALDO tuvo acceso al borrador del decreto ejecutivo con las consideraciones y compromisos ya acordados.

“El tema de que los acuerdos del diálogo político sean vinculantes estuvo presente en las 15 reuniones del prediálogo”, comentó Igor Garafulic, representante de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en Honduras.

A lo largo de los encuentros, los representantes de las fuerzas políticas solicitaban un acuerdo ejecutivo debido a los altos niveles de desconfianza en Honduras y por esa razón “el tema de la vinculación es la clave”, argumentó.

Garafulic explicó que el decreto será firmado por el presidente de la República y de “esta forma el gobierno expresa su compromiso con los acuerdos del diálogo”, dijo.

Además, se decidió que cada una de las partes involucradas en el diálogo publicará en La Gaceta su compromiso de cumplir con lo acordado.

Cinco consideraciones están plasmadas en el decreto ejecutivo de vinculación del diálogo político nacional. Destaca “que el diálogo es un instrumento elemental y eficaz para la búsqueda de solución de toda clase de conflictos, principalmente en aquellos con repercusión social y política...”.

El documento detalla que, por tanto, “en la aplicación de los artículos 245, numeral 2, 11, 13, 248, 252 y 255, de la Constitución de la República y artículos 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública decreta: en el artículo 1, reconocer el diálogo político con la facilitación de la Organización de las Naciones Unidas como un espacio de encuentro entre los diversos actores políticos...”.

El artículo 2 se refiere al nombramiento de los representantes del Poder Ejecutivo. En el artículo 3 explica que “los acuerdos... asumen categoría de compromiso de gobierno”.

En el artículo 4, por su parte, detalla “reconocer los acuerdos que se alcancen... con la facilitación de técnica de la ONU”.

Y por último, en el artículo 5, explica que el decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el diario oficial La Gaceta.

Foto: El Heraldo