Economía

¿Qué deben conocer las mipymes sobre el fondo de garantía?

El Banco Central aprobó el reglamento para la operación del nuevo mecanismo de respaldo crediticio

14.06.2020

TEGUCIGALPA, HONDURAS.-1/ El pasado 2 de junio salió publicado en La Gaceta el reglamento del Fondo de Garantía para la Reactivación de las Mipymes afectadas por la pandemia provocada por el covid-19.

El documento de 20 páginas cuenta con información que los propietarios de micro, pequeñas y medianas empresas deben conocer para acceder a préstamos, en el sistema financiero, garantizados por un fideicomiso de 2,500 millones de lempiras aprobados por el Banco Central de Honduras (BCH) y por el Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (Banhprovi).

2/ El primer tema de interés para las mipymes es la cobertura del fondo de garantía, la que reduce el riesgo para las instituciones financieras al contar con el aval del gobierno. Para un préstamo de hasta 300,000 lempiras, la cobertura máxima es del 90%.

Entre 300,000.01 a 1,000,000 lempiras, el respaldo del gobierno es de 85%. De 1,000,000.01 a 5,000,000 lempiras, la cobertura es del 75% y de 5,000,000.01 a 36,000,000 lempiras la garantía es del 65%. Las micro, pequeñas y medianas empresas pueden obtener préstamos para capital de trabajo por montos que oscilan entre 300,000 a 36,000,000 lempiras.

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3/ Las mipymes beneficiarias son aquellas que están en los rubros de producción agropecuaria, turismo y alojamiento, industria manufacturera agrícola y no agrícola. Además, la industria y servicios de la construcción, comercio al por mayor y al por menor, transporte, logística, salud, servicios administrativos, actividades profesionales y cualquier otra actividad afectada por el covid-19.

4/ Los créditos respaldados por el fondo de garantía deberán cumplir con las siguientes condiciones: plazo máximo no deberá exceder de 48 meses, incluyendo un período de gracia; la tasa de interés aplicada por las instituciones financieras deberá ser menor en al menos dos puntos porcentuales (2%) a la tasa de interés activa promedio ponderado en moneda nacional de cada institución aplicada a la mipyme por destino del mes anterior a la fechas de aprobación del crédito a otorgar. La tasa de interés a la cual la institución financiera otorgue el crédito deberá ser verificada por el Banhprovi.

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5/ Otras condiciones son que el préstamo es para capital de trabajo, se debe presentar un plan de inversión o presupuesto estimado y en el procesamiento de otorgamiento y desembolso de los créditos , las instituciones financieras no podrán aplicar cobros por desembolsos u otros cargos, solo podrán aplicar la contribución por concepto de tasa de seguridad poblacional y la comisión por emisión de la garantía.

6/ Según el reglamento del Fondo de Garantía para las Mipymes, como contraprestación por el riesgo asumido, el beneficiario pagará al fondo de garantía una comisión por la emisión de la garantía del 1% calculada sobre el préstamo otorgado. La comisión deberá pagarse simultáneamente con la formalización del crédito de forma anticipada.

7/ Otra de las figuras que el propietario de mipymes debe conocer es el Certificado de Garantía de Cobertura (CGC), que es un instrumento jurídico accesorio y autónomo que deriva de una obligación crediticia con la Institución de Intermediación Financiera (IFI), en el cual el Fondo de Garantía administrado por el Banhprovi respalda parcialmente antes las IFIs los préstamos otorgados a las mipymes afectadas.

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8/ El reglamento tiene como objeto regular las operaciones de crédito que realicen las instituciones financieras con las partes relacionadas. El fondo de garantía tiene una vigencia de cuatro años, el que podrá ser revolvente durante su vigencia, en el sentido de otorgar nuevas garantías para los nuevos créditos a deudores beneficiados, siempre que se cancele el préstamo anterior y el plazo del nuevo crédito sea como máximo el restante a la vigencia del mencionado fondo.

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