TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La junta directiva del Congreso Nacional informó este viernes acerca del nombramiento de los diputados que formarán parte de la comisión permanente durante el periodo de receso en el Poder Legislativo.
Con una marcada presencia de diputados del partido Libertad y Refundación (Libre), la comisión permanente estará conformada por nueve integrantes titulares y nueve suplentes.
Los miembros propietarios son el presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, y los siguientes integrantes de la junta directiva: Hugo Noé Pino, Scherly Arriaga, Luz Angélica Smith, José Rosario Tejeda, Fabricio Sandoval y Carlos Raudales.
Entre los suplentes se encuentran: Rasel Tomé, Ernesto Lezama, Silvia Ayala, Karen Martínez, Juan Barahona, Gloria Bonilla, Kritza Pérez, Tomás Ramírez e Isis Cuellar.
Entre las atribuciones con las que cuenta la comisión permanente se encuentran preparar para someter a consideración del Congreso Nacional proyectos de reforma, recibir decretos del Ejecutivo, recibir denuncias de violación a la Constitución, convocar a sesiones extraordinarias, elegir inmediata funcionarios designados por el Legislativo en caso de ausencia, nombrar comisiones especiales, entre otras.
Lagunas legales
La entrada en vigencia de la Comisión Permanente del Congreso Nacional, previo al receso de junio de los diputados, abrió un nuevo debate entre los sectores, quienes, por un lado, consideran que es ilegal al no estar contemplada en la Constitución de la República.
“Esto de la Comisión Permanente es propio de este Congreso, no digo que sea ilegal, sin embargo, la Comisión Permanente únicamente puede operar en el receso de las sesiones ordinarias, es decir estas terminan el 31 de octubre y se vuelve a iniciar la siguiente legislatura el 25 de enero del siguiente año”, explicó el abogado Constitucionalista Juan Carlos Barrientos.
Adicionó que “o sea que durante noviembre, diciembre y casi todo el mes de enero no hay sesiones, en ese tiempo puede operar la Comisión Permanente”.
De su lado, la diputada del Partido Salvador de Honduras (PSH), Maribel Espinoza, reiteró que “la comisión tiene como finalidad que el Poder Legislativo no caiga en inoperatividad, sin embargo, sus tareas asignadas son limitadas y en ningún momento puede suplantar las atribuciones del pleno”.
El reglamento del Poder Legislativo establecido en la Constitución estipula en el artículo 92 que una vez clausuradas las sesiones ordinarias por medio de la directiva, se deberá hacer el nombramiento de la Comisión Permanente.